Convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación
- Organismo
- Ministerio de Juventud e Infancia
- Lugar
- Ámbito estatal
- Plazo
- 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
- Publicado
- Boletín Oficial del Estado de 15 de julio de 2026 · BOE-A-2026-15402
Qué significa este anuncio
Este anuncio del Boletín Oficial del Estado del 15 de julio de 2026 convoca o resuelve la provisión de puestos entre personal que ya es funcionario de Ministerio de Juventud e Infancia.
Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Subsecretaría de Juventud e Infancia (Subdirección General de Personal, Inspección de Servicios y Coordinación), Alcalá, 27, 28014 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II de la presente resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.
Fuentes oficiales
Texto oficial del anuncio
Resolución de 8 de julio de 2026, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el capítulo III del título III el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
El puesto de trabajo que se convoca por la presente resolución podrá ser solicitado por las funcionarias y los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.
Segunda.
Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Subsecretaría de Juventud e Infancia (Subdirección General de Personal, Inspección de Servicios y Coordinación), Alcalá, 27, 28014 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II de la presente resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Las instancias se presentarán a través del Portal Funciona (o aplicación informática correspondiente), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en esta base.
En el caso de que la persona solicitante no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Tercera.
Además de los datos personales, número de Registro de Personal y destino actual, las personas aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública, como en la empresa privada, en su caso.
c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y cuantas otras circunstancias se estimen oportuno poner de manifiesto.
Cuarta.
A la citada solicitud se podrán acompañar, en todo caso, aquellas publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permitan apreciar las especificaciones de los puestos.
Quinta.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 8 de julio de 2026.–La Subsecretaria de Juventud e Infancia, P. D. (Orden JUI/506/2024, de 20 de mayo), la Subdirectora General de Personal, Inspección de Servicios y Coordinación, Ana María Barrera Picón.
ANEXO I
Instituto de la Juventud
Secretaría General
INSTITUTO DE LA JUVENTUD.
SECRETARIA GENERAL.
COORDINADOR/COORDINADORA DE ÁREA (5883205).
MADRID/MADRID.
CUERPOS O ESCALAS:
ADSCRIPCIÓN A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (AD):
* AE: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
TITULACIONES:
ANEXO II
Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-15402.