Provisión de puestos Comunidad autónoma

Convoca concurso específico para la provisión de puestos singularizados de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, como consecuencia de la…

Organismo
Departamento de Justicia y Derechos Humanos
Lugar
País Vasco
Sistema
Concurso
Publicado
Boletín Oficial del Estado de 20 de julio de 2026 · BOE-A-2026-15793
Oposición
Auxilio Judicial Gestión Procesal y Administrativa Tramitación Procesal y Administrativa

Qué significa este anuncio

Este anuncio del Boletín Oficial del Estado del 20 de julio de 2026 convoca o resuelve la provisión de puestos entre personal que ya es funcionario de Departamento de Justicia y Derechos Humanos.

Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.

Fuentes oficiales

Texto oficial del anuncio

Orden de 26 de junio de 2026, del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos singularizados de los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia, como consecuencia de la implantación de las Oficinas Judiciales, la Oficina General del Registro Civil y las Oficinas de Justicia en el municipio y sus agrupaciones, del partido judicial de Vitoria-Gasteiz.

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce una reforma integral del sistema judicial que conlleva, entre otras medidas, la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de cada oficina judicial y el consiguiente acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en dichos centros.

El proceso de acoplamiento comprenderá las siguientes fases: la cobertura de puestos por libre designación, la cobertura de puestos por concurso específico, la confirmación en puestos con funciones con similar contenido al que se viniese desempeñando, la reordenación de efectivos en los nuevos centros de destino y la reasignación forzosa.

Como consecuencia, una vez aprobadas las relaciones de puestos de trabajo del partido judicial de Vitoria-Gasteiz, y tras la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, corresponde convocar el concurso específico para cubrir aquellos puestos para los que se establezca este sistema de provisión en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

Así, se anuncia concurso específico para la cobertura de puestos singularizados, entre el personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, en el partido judicial de Vitoria-Gasteiz, de acuerdo con las previsiones contenidas en los artículos 521, 522 y 523 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 48 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

De conformidad con el Decreto 326/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Derechos Humanos, resuelvo:

Artículo 1. Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico, de los puestos de trabajo singularizados por puesto y/o idioma para los Cuerpos generales de la Administración de Justicia de las Oficinas Judiciales, Oficina General del Registro Civil y Oficinas de Justicia en el municipio y sus agrupaciones, del partido judicial de Vitoria-Gasteiz.

Artículo 2. Requisitos de participación.

1. Requisitos generales:

a) Al tratarse de un proceso de acoplamiento, en este concurso específico únicamente podrá participar el personal funcionario con destino definitivo en el municipio donde deban desempeñarse los puestos de trabajo ofertados.

Así, podrá participar en este concurso el personal funcionario de carrera perteneciente a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el que se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el apartado b), siempre que reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y los mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.

El personal funcionario en situación de servicio activo deberá mantener esta situación hasta la resolución definitiva del concurso. Quienes se encuentren en las situaciones de servicios especiales o excedencia por cuidado de familiares, en el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la participación en el concurso. Tampoco será excluido el personal funcionario en activo que pase a la situación de servicios especiales o excedencia por cuidado de familiares.

En caso de que el personal funcionario que se encuentre en las situaciones de servicio activo, servicios especiales o excedencia por cuidado de familiares pasara, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva, serán excluidos de la participación en el concurso.

b) No podrá participar en el presente concurso:

– El personal funcionario declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.

– El personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.

– El personal sancionado con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se le impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

– El personal funcionario de carrera con destino definitivo en el Instituto Vasco de Medicina Legal, en la Oficina Fiscal y en Secretaría de Gobierno.

c) En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.

2. Requisitos específicos:

Las personas participantes que opten a un puesto singularizado por razón de idioma deberán reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el perfil lingüístico de euskera correspondiente.

Artículo 3. Puestos de trabajo ofertados.

Los puestos a proveer mediante el presente concurso son los que figuran como singularizados en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales, Oficina General del Registro Civil y Oficinas de Justicia en el municipio y sus agrupaciones, del partido judicial de Vitoria-Gasteiz, esto es:

– Puestos de gestor/a responsable, con o sin perfil lingüístico preceptivo vencido.

– Puestos del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, con perfil lingüístico preceptivo vencido.

Artículo 4. Presentación de solicitudes.

1. El personal que desee tomar parte en esta convocatoria deberá realizar por medios electrónicos los siguientes trámites:

a) La presentación de la solicitud para tomar parte en el presente concurso.

b) La alegación de los méritos.

c) Y, en su caso, la presentación de la documentación que se acompañe a la misma.

2. Para realizar estos trámites el personal funcionario participante deberá utilizar los certificados de firma electrónica admitidos por el Gobierno Vasco, recogidos en https://www.euskadi.eus/medios-de-identificacion-electronica-admitidos/web01-sede/es/ y, entre ellos:

a) Los certificados de persona física emitidos por Izenpe, incluida la B@kQ.

b) Los certificados (de persona física) de firma electrónica en formato software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

c) DNI electrónico.

3. Para la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de la documentación que se acompañe a la misma, así como para la alegación y acreditación de los méritos y para la elección de destinos, se utilizará el formulario electrónico elaborado al efecto, que estará disponible en https://www.euskadi.eus/acoplamiento/concurso-especifico-vitoria/web01-a2justic/es/.

4. La presentación tanto de la solicitud como de cualquier otro documento relacionado con la convocatoria por cualquier otro medio se tendrá por no presentado.

5. Las actuaciones que se deriven de la convocatoria se publicarán en el portal del personal de justicia EIZU y en euskadi.eus, sin perjuicio de su publicación en otros medios de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases. Para el acceso, tramitación y seguimiento de cada expediente, las personas interesadas deberán acceder al apartado «Mi Carpeta» https://www.euskadi.eus/micarpeta.

6. El plazo para la presentación de solicitudes comprenderá desde el 7 hasta el 18 de septiembre, ambos inclusive.

7. Cada participante podrá solicitar por orden de preferencia los puestos de trabajo ofertados en el municipio en el que tiene destino definitivo, y siempre que reúna los requisitos exigidos.

8. Si a lo largo del plazo de presentación de solicitudes la persona interesada desea modificar la solicitud presentada, podrá hacerlo, pero para ello deberá presentar una nueva solicitud. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada persona participante, por lo que sólo se tendrá en cuenta el contenido de la última solicitud presentada dentro del plazo.

9. No se podrá anular o modificar la instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

10. La solicitud formulada será vinculante una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Artículo 5. Fases y baremo.

El presente concurso específico constará de dos partes:

1. Primera parte: Requisitos.

La Dirección de la Administración de Justicia comprobará de oficio el cumplimiento de los requisitos exigidos, entre ellos:

– Que la persona interesada tenga destino definitivo en el municipio en el que participa.

– En el caso de puestos singularizados por idioma, que la persona interesada tenga acreditado el correspondiente perfil lingüístico.

2. Segunda parte: Méritos.

La persona interesada deberá alegar, en su solicitud, tanto los méritos generales como los específicos.

Todos los méritos alegados se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

A su vez, esta valoración de méritos constará de dos fases:

2.1 Primera fase: Méritos generales.

La puntuación máxima por este concepto será de 72 puntos.

Son méritos generales para todos los puestos singularizados:

a) Antigüedad: servicios efectivos en el cuerpo, prestados como personal funcionario de carrera o interino. Tanto la puntuación que corresponda por este mérito, como los criterios para su cómputo se recogen en el anexo I.

b) Conocimiento del euskera: acreditación de un nivel de conocimiento del euskera superior al exigido para el desempeño de la plaza. Tanto la puntuación que corresponda por este mérito, como los criterios para su cómputo se recogen en el anexo I.

La Dirección de la Administración de Justicia comprobará de oficio los méritos generales alegados por la persona interesada en su solicitud, salvo que conste su oposición expresa. En el supuesto de oposición, junto con la solicitud, la persona interesada deberá aportar la documentación acreditativa de los méritos a cuya consulta se opone.

2.2 Segunda fase: Méritos específicos.

2.2.1 Méritos específicos para los puestos de gestor/a responsable.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-15793.

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