Convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios – Universidad de Salamanca
- Organismo
- Universidad de Salamanca
- Lugar
- Salamanca
- Grupo
- Subgrupo A1 (Grado universitario)
Grupo habitual de esta plaza; confírmalo en las bases. - Sistema
- Concurso
- Turno
- Libre y otros turnos
- Plazo
- 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
- Publicado
- Boletín Oficial del Estado de 27 de julio de 2026 · BOE-A-2026-16306
- Oposición
- Profesorado universitario
Resumen de la convocatoria
Universidad de Salamanca publicó esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado del 27 de julio de 2026. El número de plazas y su detalle figuran en las bases.
Por el tipo de plaza, lo habitual es que pertenezca al Subgrupo A1: un título universitario de grado (o licenciatura, ingeniería o arquitectura). Las bases pueden admitir titulaciones equivalentes.
Las solicitudes se presentan en 15 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el lunes 17 de agosto de 2026 (ya ha terminado).
El sistema es de concurso: no hay examen y se valoran solo los méritos, normalmente reservado a movilidad o a procesos de estabilización.
Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.
Estado del proceso selectivo
- Convocatoria BOE 27/07/2026
- Plazo de solicitudes Cerrado el 17/08/2026
- Admitidos y excluidos Pendiente
- Examen Pendiente
- Aprobados Pendiente
En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
3.1 Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Salamanca en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.
Fuentes oficiales
- Anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-16306, 27/07/2026)
- Versión PDF con validez oficial
- Boletín Oficial de Castilla y León: donde se publican las bases y los trámites de las administraciones de Castilla y León
- Dónde presentar la solicitud: artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registro electrónico del organismo, oficinas de Correos, oficinas de asistencia en materia de registros…)
- Buscador de empleo público del Punto de Acceso General (administracion.gob.es)
Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público · BOE
- Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario · BOE
Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.
Texto oficial del anuncio
Resolución de 21 de julio de 2026, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en lo sucesivo LOSU, y en el artículo 29 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por Acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León (BOCyL de 3 de febrero), y modificados por Acuerdo 38/2011, de 5 de mayo, de la Junta de Castilla y León (BOCyL de 11 de mayo), en adelante EUS, y el Reglamento de concursos para el acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, aprobado por Resolución de la Universidad de Salamanca de fecha 30 de julio de 2024 (BOCyL del 6 de agosto).
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 50 de la LOSU y el artículo 66 de los EUS, en ejecución de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Salamanca para el año 2025 (BOCyL de 19 de diciembre de 2025), cupo de reserva establecido en el artículo 71.1.c) de la LOSU del 15 por ciento, para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3), y obtenida la correspondiente autorización de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, ha resuelto convocar a concurso de acceso, con arreglo a las siguientes bases, las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Las plazas objeto de reserva que queden vacantes se podrán acumular a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año.
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOSU; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, sobre Régimen Jurídico del Sector Público, de 20 de octubre de 2016 (BOCyL del 31), y supletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre (BOE de 2 de octubre), de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; los EUS; el Reglamento de concursos para el acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, las presentes bases de convocatoria, y, con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Para el cómputo de plazos será inhábil a todos los efectos los períodos de cierre oficial de la Universidad.
1.2 Los concursos tendrán, con carácter general, procedimiento independiente para cada plaza objeto de la convocatoria. No obstante, en el mismo procedimiento se podrá incluir más de una plaza si sus características de perfil y requisitos son idénticas. En caso de que se incluyan varias plazas, el aspirante con una puntuación final más alta podrá elegir la plaza de su interés, y el resto sucesivamente. En este supuesto, el abono de derechos de examen se referirá a una sola plaza.
1.3 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre (BOE de 4 de enero de 1985), de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y sus disposiciones de desarrollo, y al Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
1.4 La convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
1.5 Todas las publicaciones que se derivan de esta convocatoria cumplirán con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
2. Requisitos de los concursantes
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1 Requisitos generales:
a) Ser español. También podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el Estado de su nacionalidad a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. Sobre este efectivo reconocimiento de la aptitud legal, el Consejo de Universidades recabará informe de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al castellano, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Doctor.
2.2 Requisitos específicos:
a) Hallarse acreditado para el cuerpo docente universitario de que se trate conforme lo establecido en los artículos 69 y 88 de la LOSU, y en el artículo 30 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio y en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, también podrán participar en los concursos de acceso libre, los profesores funcionarios de cuerpos docentes universitarios en situación de excedencia voluntaria que soliciten el reingreso al servicio activo, siempre que hubiere transcurrido, al menos, la duración mínima establecida en dicha situación de excedencia.
b) Capacidad de impartir clases en español. Este requisito se presumirá de los aspirantes con nacionalidad española y de Estados en los que el español sea lengua oficial. El resto de aspirantes deberán justificar poseer un dominio del idioma español, tanto escrito como hablado, adecuado para impartir la docencia en dicho idioma. Si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del español, las respectivas comisiones de selección podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
c) Haber superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o haber obtenido el certificado como investigador establecido/a (R3).
No podrán participar en los respectivos concursos de acceso quienes pertenezcan al mismo o superior cuerpo docente universitario en la misma área de conocimiento en esta o en otra Universidad.
2.3 La posesión de los requisitos establecidos en la presente base se hallará referida siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y deberá mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo, sin perjuicio de lo expuesto en la base 3.2.2.b).
3. Solicitudes
3.1 Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Salamanca en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 Las solicitudes deberán presentarse a través del Procedimiento electrónico «Procesos de selección/provisión de PDI Funcionario y laboral» disponible dentro del catálogo de servicios de la Sede Electrónica de la Universidad de Salamanca en el enlace https://sede.usal.es/procedimientos?param1=PROPDI, a cuyo efecto deberá disponerse de certificado digital reconocido por la plataforma Cl@ve, de acuerdo con las instrucciones existentes en la propia sede, ello en aplicación de los artículos 4, 3.2.a) y concordantes del Reglamento para la aplicación en la Universidad de Salamanca de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOCyL de 31 de octubre de 2016).
En el caso de solicitantes extranjeros que no puedan disponer de certificado digital (por no poseer NIE), podrán iniciar solicitud previo registro en el RUS USAL (Registro Unificado de Solicitantes de la Universidad de Salamanca) en el enlace https://identidad.usal.es/altatemporal/index.rus.php?origen=84473d99780b63ff576f286b76b70941. En este caso las credenciales obtenidas mediante el proceso de registro en (RUS) serán utilizadas durante el proceso de firma. Sólo podrán utilizar este procedimiento de identificación/firma a través del RUS aquellas personas extranjeras que no pueden disponer de certificado digital reconocido por la plataforma Cl@ve. En ningún caso se admitirán solicitudes de personas con NIF o NIE, los cuales deberán acceder a través del certificado digital.
Las solicitudes suscritas en el extranjero también podrán presentarse, según el modelo previsto en el apartado 3.2.1) al que se acompañará la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados en el currículum, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, enviando el mismo día por correo electrónico al Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Salamanca, copia de la solicitud y de la documentación adicional con la fecha del Registro de Entrada en la representación diplomática o consular española.
Será necesario aportar la documentación en formatos PDF, en ficheros que no excedan de 21 Mb, por fichero, no bloqueados contra escritura ni lectura con las denominaciones indicadas entre corchetes para cada uno de los apartados que figuran en el procedimiento electrónico, siendo obligatorios los dos primeros [solicitud_cvitae] y [requisitos]:
1) El modelo de solicitud y de curriculum vitae (según modelo normalizado establecido en la convocatoria), será presentado en soporte electrónico con formato PDF, debidamente firmado con el nombre «solicitud_cvitae.pdf». El modelo normalizado de curriculum vitae estará a disposición de los interesados en la web del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Salamanca (https://usal.es/modelos-y-formularios-losu-0).
2) Los documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2, se presentarán en soporte electrónico en un único fichero PDF, con el nombre «requisitos.pdf»:
a) Los aspirantes que posean la nacionalidad española deberán adjuntar documento original digitalizado del documento nacional de identidad.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y cumplan los requisitos previstos en la base 2.1.a), deberán presentar documento original digitalizado del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo cuando esta circunstancia proceda. Así mismo, en el supuesto de aquellos aspirantes que participen en las presentes pruebas selectivas por su condición de cónyuges, deberán presentar, además de los documentos señalados, declaración jurada o promesa de no hallarse separado de derecho de su respectivo cónyuge.
Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos al castellano.
b) Título de Doctor. Cuando se trate de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acompañarse la documentación que acredite su homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento profesional del título académico.
En el supuesto de que, en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, la titulación obtenida en el extranjero estuviera en trámite de homologación, de declaración de equivalencia o de reconocimiento profesional, el aspirante deberá aportar la documentación que acredite la solicitud presentada. En este supuesto, el aspirante será admitido al proceso selectivo de forma condicional vinculado a la obtención, con anterioridad a la publicación de la propuesta de provisión de la comisión de selección, de la homologación, declaración de equivalencia o reconocimiento profesional del título académico. El aspirante será excluido del proceso selectivo si en la fecha de la publicación de la propuesta de provisión de la comisión de selección el título académico obtenido en el extranjero no hubiera sido homologado, declarado equivalente o reconocido profesionalmente.
c) Documentación justificativa de la acreditación estatal para el acceso al cuerpo docente universitario objeto de la presente convocatoria.
d) Documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos específicos de la plaza establecidos en la base 2.2.c): Haber superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o haber obtenido el certificado como investigador establecido/a (R3).
e) Documento que acredite, en su caso, el conocimiento del español. A estos efectos, será suficiente la presentación de una declaración responsable de poseer un dominio del idioma español, tanto escrito como hablado, adecuado para impartir la docencia en dicho idioma, sin perjuicio de que pueda exigirse su acreditación.
f) Justificante del pago de los derechos de examen. El abono de la tasa fuera del plazo de presentación de la solicitud no será, en ningún caso, causa de subsanación, en consonancia con lo establecido en la base 3.3 y 3.4 de la presente convocatoria.
Los documentos enumerados en los apartados a), b) y c) y d) solo se presentarán cuando no obren en el expediente personal del aspirante existente en la Universidad de Salamanca.
3) Los documentos justificativos de los méritos alegados en el curriculum vitae, que deberán presentarse en ficheros PDF, organizados de la siguiente forma:
a) Documentos y certificados que acrediten los méritos de la formación académica e investigadora (apartado 1 del baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «1.Formación.pdf».
Dicho fichero deberá incluir la certificación académica en la que consten todas las calificaciones obtenidas en los estudios universitarios, incluidas las de tercer ciclo o programas de doctorado según proceda, así como la fecha de obtención de las mismas.
b) Documentos y certificados que acrediten la experiencia docente (apartado 2 del baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «2.Docencia.pdf».
c) Documentos y certificados que acrediten la experiencia investigadora (apartado 3 del baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «3.Investigacion.pdf».
d) Documentos y certificados que acrediten las funciones de liderazgo (apartado 4 del baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «4.Liderazgo.pdf».
e) Documentos y certificados que acrediten la actividad profesional (apartado 5 del baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «5.Actividad_profesional.pdf».
f) Documentos y certificados que acrediten los méritos preferentes (apartado 6 del baremo general), en único fichero PDF y con el nombre «6.Méritos_preferentes.pdf».
Se presumirá la veracidad de los méritos y competencias acreditados en la solicitud, si bien se podrá solicitar la documentación que se considere necesaria para justificar los méritos acreditados, a criterio de las comisiones.
Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios que requieran para la realización de los ejercicios de las presentes pruebas selectivas en que esta adaptación sea necesaria. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspiran.
3.3 Derechos de examen:
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Salamanca en concepto de –Derechos de examen de plazas de Personal Docente e Investigador Funcionario– indicando el código de la plaza a la que concursa, 65 euros, que ingresarán en la cuenta del Banco de Santander número ES08 0049 1843 4929 1018 6498.
En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentos de este pago los aspirantes que acrediten alguno de los siguientes extremos:
a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Deberán adjuntar certificación acreditativa de tal condición y acreditación de compatibilidad de limitaciones en la actividad con las funciones de la plaza a la que aspira, expedidas por los órganos competentes en materia de servicios sociales.
b) Los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: exención del 100 % a los miembros de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación del 50 % para los de categoría general, deberán adjuntar acreditación de la condición de familia numerosa.
c) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada ley.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-16306.