Convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios – Universidad de Murcia
- Organismo
- Universidad de Murcia
- Lugar
- Murcia
- Grupo
- Subgrupo A1 (Grado universitario)
Grupo habitual de esta plaza; confírmalo en las bases. - Sistema
- Concurso-oposición
- Plazo
- 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
- Publicado
- Boletín Oficial del Estado de 28 de septiembre de 2026 · BOE-A-2026-20068
- Oposición
- Profesorado universitario
Resumen de la convocatoria
Universidad de Murcia publicó esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado del 28 de septiembre de 2026. El número de plazas y su detalle figuran en las bases.
Por el tipo de plaza, lo habitual es que pertenezca al Subgrupo A1: un título universitario de grado (o licenciatura, ingeniería o arquitectura). Las bases pueden admitir titulaciones equivalentes.
Las solicitudes se presentan en 15 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el martes 20 de octubre de 2026.
El sistema es de concurso-oposición: además de aprobar los exámenes, se suman puntos por méritos como la experiencia o la formación.
Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.
Estado del proceso selectivo
- Convocatoria BOE 28/09/2026
- Plazo de solicitudes Hasta el 20/10/2026
- Admitidos y excluidos Pendiente
- Examen Pendiente
- Aprobados Pendiente
En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.
Fuentes oficiales
- Anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-20068, 28/09/2026)
- Versión PDF con validez oficial
- Boletín Oficial de la Región de Murcia: donde se publican las bases y los trámites de las administraciones de Región de Murcia
- Dónde presentar la solicitud: artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registro electrónico del organismo, oficinas de Correos, oficinas de asistencia en materia de registros…)
- Buscador de empleo público del Punto de Acceso General (administracion.gob.es)
Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público · BOE
- Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario · BOE
Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.
Texto oficial del anuncio
Resolución de 16 de septiembre de 2026, de la Universidad de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; en los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 7/2026, de 19 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en el Reglamento regulador de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad de Murcia, aprobada en Consejo de Gobierno de fecha 16 de diciembre de 2025, y dentro del marco normativo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
El Rector de la Universidad de Murcia, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas con arreglo al artículo 50 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, y de las funciones que le corresponden según el artículo 29 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, de conformidad con el acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de mayo de 2025, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Murcia para el ejercicio 2025 (BORM de 26 de diciembre), y autorizada la convocatoria por la Dirección General de Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
Resuelve convocar el correspondiente concurso oposición para acceso a plazas vacantes del cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, destinadas a personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3) o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3), que se detallan en el anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Murcia, incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Universidad de Murcia, firmado el 16 de julio de 2021 y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Son de aplicación a los concursos previstos, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por 7/2026, de 19 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; El Reglamento regulador de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad de Murcia, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 16 de diciembre de 2025; la Resolución del Secretario General de la Universidad de Murcia por la que se dictan instrucciones sobre tramitación electrónica de convocatorias de plazas de personal de fecha 8 de septiembre de 2017, y con carácter supletorio, en su caso, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del estado.
El Reglamento regulador rige la presente convocatoria con el concepto de bases generales, habiéndose de estar a su contenido en todo lo que no se halle expresa y específicamente previsto en esta resolución.
El Reglamento regulador puede ser consultado en cualquiera de las siguientes URL:
https://sede.um.es/sede/documento/normativa/reglamento-regulador-de-los-concursos-de-acceso-a-plazas-de-los-cuerpos-docentes-universitarios-y-de-profesorado/23700.pdf.
https://borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/58/pdf?id=840722.
1.2 Cada plaza convocada se tramitará como un procedimiento independiente, salvo aquellas en las que de forma expresa por ser de la misma área/especialidad de conocimiento y características se incluyan en un mismo concurso.
2. Requisitos de participación
2.1 En el presente concurso para la provisión de plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios las personas participantes han de reunir:
a) Los requisitos de participación establecidos en los artículos 7 y 8 del Reglamento regulador.
b) Los requisitos adicionales que se recogen en los artículos 9 y 11 del Reglamento regulador y ser beneficiario del Programa Ramón y Cajal y de un Proyecto de Consolidación Investigadora de la Agencia Estatal de Investigación.
2.2 La concurrencia de los requisitos establecidos para participar en el correspondiente concurso se hallará referida a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de inicio de efectos de la toma de posesión.
3. Presentación telemática de solicitudes
3.1 Para presentar solicitud de participación, las personas interesadas deben cumplimentar el formulario Web de la solicitud que se haya establecido específicamente para la plaza y cuerpo correspondiente, disponible en la aplicación «CONVOCUM PDI», URL: https://convocum.um.es/.
Al acceder a la aplicación del PDI, apartado «convocatorias vigentes», se mostrará un panel informativo con las instrucciones, en el que se indica –paso a paso– cómo se debe cumplimentar y presentar la solicitud.
3.2 La presentación y registro de la solicitud se realizará por vía telemática a través de la propia aplicación web «CONVOCUM PDI», previa validación de los datos y mediante firma electrónica a través de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia, utilizando cualquiera de los distintos medios al efecto (certificado electrónico, cuenta UM, etc.).
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.4 Los derechos de examen serán de 48,61 euros.
La liquidación de tasas y abono se realiza a través de la aplicación de la Universidad de Murcia «CONVOCUM PDI», accesible en la URL https://convocum.um.es, por cualquiera de las siguientes formas:
a) Banca electrónica con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias:
– Banco Sabadell.
– CaixaBank.
– Cajamar.
– Banco Santander.
b) Tarjeta bancaria o Bizum.
c) Tpv virtual (Tarjeta de crédito).
d) En los cajeros de las indicadas entidades.
e) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades indicadas, previa presentación del recibo unificado que se obtendrá desde la aplicación.
En ningún caso la presentación y pago supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas participantes que acrediten la condición de discapacitada con un grado igual o superior al 33%, en el plazo de presentación de solicitudes.
Se entenderá como defecto no subsanable no haber realizado el pago dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.5 A efectos de incidencias técnicas informáticas podrán ponerse en contacto en el teléfono 868884222 y correo electrónico dumbo@um.es y para consultas en relación con la convocatoria y presentación de solicitudes al correo electrónico seleper@um.es.
3.6 Requisitos y documentación justificativa:
De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento regulador, en el momento de realizar la solicitud no será preciso aportar documentación justificativa de los requisitos de participación y contratación, que será sustituida por documento suscrito por la persona participante en cuya virtud declare bajo su responsabilidad que reúne los requisitos generales y adicionales y, en su caso, los específicos que, por razón de la naturaleza de la plaza o de lo previsto en el apartado 2 del artículo 7 del Reglamento regulador, se establezcan en la convocatoria para la participación en el proceso selectivo, que dispone de la documentación acreditativa de tales requisitos y que se compromete a efectuar su aportación, a requerimiento de la Universidad de Murcia, en cualquier momento durante la tramitación del proceso selectivo y, al término de este, en el supuesto de resultar adjudicataria de la plaza.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial de datos o informaciones incorporados a la declaración responsable, o de la documentación que fuere en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará las consecuencias previstas en la normativa aplicable, constituyendo causa justificativa de exclusión del proceso selectivo.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas.
3.8 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del participante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la Universidad de Murcia de cualquier cambio de dicho domicilio a efectos de notificación.
4. Relación de participantes
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y comprobado que todas las personas participantes han firmado y registrado en tiempo y forma la solicitud de participación, han abonado las tasas exigidas y declaran bajo su responsabilidad que reúnen todos los requisitos exigidos para su participación en el proceso selectivo, comprometiéndose a acreditarlo documentalmente si fuera requerida para ello en cualquier momento del proceso selectivo, se publicará directamente la relación definitiva de participantes.
5. Comisión de selección
5.1 Las Comisiones estarán formadas por las personas que figuran en anexo II de la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17 del Reglamento regulador de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad de Murcia.
La configuración de las comisiones se ajustará al principio de composición equilibrada que contempla la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que establece como criterio de actuación la obligación de promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas. Se entenderá por composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.
5.2 De conformidad con el artículo 34.3 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, los currículos de las personas integrantes de las Comisiones de Selección se encuentran publicados en la aplicación «CONVOCUM PDI», en la dirección electrónica: https://convocum.um.es/, apartado información Complementaria, «Currículos de las comisiones evaluadoras de plazas de los cuerpos docentes universitarios».
Una vez registrada la solicitud, las personas participantes podrán consultar los currículos de los y las integrantes de las comisiones evaluadoras de las plazas a las que concursan, previa identificación con su DNI y el código de la solicitud.
5.3 El nombramiento como miembro de una comisión es irrenunciable, salvo que concurra alguna causa justificada que impida la actuación en la misma. En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponde al rector o rectora, que deberá resolver en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la recepción de la renuncia.
Los miembros seleccionados deberán declarar sus posibles conflictos de interés y renunciar a formar parte de la comisión manifestando por escrito el motivo concurrente a la presidencia de la comisión. El conflicto de interés motivará la renuncia cuando se incurra en alguna de las circunstancias del artículo 19.2 del Reglamento regulador.
Los supuestos de abstención o recusación que puedan plantearse se tramitarán y resolverán conforme a lo dispuesto en los artículos 23, 24 y sus concordantes de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
Una vez resuelto el escrito de renuncia, abstención o recusación que pudiera haberse presentado, las personas integrantes afectadas serán sustituidas por sus respectivos suplentes, conforme está establecido en el artículo 19 del reglamento indicado.
5.4 Acto de constitución:
La constitución de la comisión de selección se regirá por lo establecido en el artículo 20 del Reglamento regulador.
6. Desarrollo de las pruebas
6.1 Realización de las pruebas:
Es aplicable el artículo 21 del Reglamento regulador.
6.2 Acto de presentación:
El acto de presentación se regirá por lo establecido en el artículo 22 del Reglamento regulador.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-20068.