Plazo cerrado Universidad

Convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios – Universidad de Alicante

El plazo de solicitudes terminó el 16 de julio de 2026 Crea una alerta abajo y te avisaremos de la próxima convocatoria.
Organismo
Universidad de Alicante
Lugar
Alicante
Grupo
Subgrupo A1 (Grado universitario)
Grupo habitual de esta plaza; confírmalo en las bases.
Turno
Promoción interna
Plazo
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Publicado
Boletín Oficial del Estado de 2 de julio de 2026 · BOE-A-2026-14391
Oposición
Profesorado universitario

Resumen de la convocatoria

Universidad de Alicante publicó esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado del 2 de julio de 2026. El número de plazas y su detalle figuran en las bases.

Por el tipo de plaza, lo habitual es que pertenezca al Subgrupo A1: un título universitario de grado (o licenciatura, ingeniería o arquitectura). Las bases pueden admitir titulaciones equivalentes.

Las solicitudes se presentan en 10 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el jueves 16 de julio de 2026 (ya ha terminado).

Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.

Estado del proceso selectivo

  1. Convocatoria BOE 02/07/2026
  2. Plazo de solicitudes Cerrado el 16/07/2026
  3. Admitidos y excluidos Pendiente
  4. Examen Pendiente
  5. Aprobados Pendiente

En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.

Cómo y cuándo presentar la solicitud

Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la correspondiente solicitud que habrá de ser cumplimentada a través de sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es), Trámites – Solicitud de plazas de personal docente e investigador o accediendo a la siguiente dirección:

La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.

Fuentes oficiales

Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)

Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.

Texto oficial del anuncio

Resolución de 22 de junio de 2026, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

A tenor de lo establecido en el artículo 141 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 3 de la normativa de la Universidad de Alicante sobre los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios,

Este Rectorado, en cumplimiento de los artículos 20.dos.1.a) y 20.dos.3.I) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y obtenida la correspondiente autorización de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, y en ejecución de la oferta de empleo público para el año 2025, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 20 de marzo de 2025 (DOGV de 2 de junio), ha resuelto convocar a concurso de acceso, por el sistema de promoción interna, las plazas que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, de acuerdo con las siguientes

Bases

1. Régimen jurídico

Este concurso de acceso se regirá por lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; por las bases de esta convocatoria; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell (DOGV de 9 de febrero de 2012); Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 30 de noviembre de 2023, por el que se aprueba la normativa de la Universidad de Alicante sobre los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; por la Instrucción de la Secretaría General y del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, aportación de documentación, pago de las tasas, las comunicaciones, las notificaciones y el resto de la tramitación en los procesos de selección de funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado laboral estable y demás normativa de general aplicación.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 27 de enero de 2022, por el que se aprueba el IV Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que:

– Existe infrarrepresentación de las mujeres en la categoría de Catedrático o Catedrática de Universidad en las áreas de Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial y de Traducción e Interpretación.

– No existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros en la categoría convocada en el resto de las áreas.

De acuerdo con la Resolución de 27 de marzo de 2026 (DOGV de 2 de abril), a los efectos del cómputo de plazos recogidos en esta convocatoria, el mes de agosto de 2026 se considerará inhábil.

2. Requisitos de las candidatas o candidatos

Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

2.1 Requisitos generales,

2.1.1 Los recogidos en el artículo 56 y 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del citado real decreto.

b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.1.2 Las personas aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de sus funciones.

2.2 Requisitos específicos.

2.2.1 Reunir, al menos, uno de los siguientes requisitos:

– Estar en posesión de la acreditación para el Cuerpo de Catedrático o Catedrática de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.

– Estar en posesión de la acreditación para el Cuerpo de Catedrático o Catedrática de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.

– Estar en posesión de la habilitación conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso.

2.2.2 Pertenecer como personal funcionario de carrera al Cuerpo de Profesoras o Profesores Titulares de Universidad y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos en el puesto de origen. No podrán presentarse quienes pertenezcan al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

2.3 Requisitos específicos que se requieren para el ejercicio de las funciones de las plazas convocadas recogidos en el anexo I:

2.3.1 Requisito de titulación, consistente en estar en posesión de una titulación específica. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario acreditar la homologación o la equivalencia. Cuando se presente declaración de equivalencia, está deberá acompañarse de la titulación y la certificación académicas sobre la que se ha declarado la equivalencia y su traducción por interprete jurado, al efecto de valorar la equiparación con la titulación requerida.

2.3.2 Requisito lingüístico, consistente en el conocimiento del valenciano y/o de una determinada lengua extranjera. Las personas aspirantes deberán acreditar el nivel del mismo establecido para cada plaza.

3. Presentación telemática de solicitudes

3.1 Plazo y trámite.

Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la correspondiente solicitud que habrá de ser cumplimentada a través de sede electrónica (https://seuelectronica.ua.es), Trámites – Solicitud de plazas de personal docente e investigador o accediendo a la siguiente dirección:

https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/IniciarTramite?pCodigoTramite=TRAM_CONTPDILABSOL

En ningún caso se admitirán solicitudes recibidas sin utilizar este trámite.

En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en la base 3.2. Deberá adjuntarse escaneada en formato JPG, PDF, DOC y DOCX. Se recomienda una resolución de 200 ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100 Mb.

Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán los determinados en la Sede Electrónica. En la «Guía para el solicitante», que se encuentra disponible en la página web del Servicio de Selección de Personal, Selección de PDI, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de solicitudes y resto de trámites del proceso.

El correo electrónico que el personal aspirante indique en su solicitud servirá para el envío de avisos, a título informativo, de las distintas resoluciones u otros actos que se publiquen en el expediente electrónico de la presente convocatoria, no sustituyendo en ningún caso a la notificación, que se realizará en la forma establecida en la base 5.

3.2 Tasa por derechos de participación.

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021 (DOGV de 31 de diciembre de 2020), que modifica el artículo 14.4-5 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV de 30 de diciembre de 2017), el importe de la tasa es de 35 euros.

Podrá abonarse directamente desde la aplicación cuando realice la solicitud o acceder posteriormente desde su expediente de Administración Electrónica.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Deberán presentar certificación de la conselleria correspondiente u órganos competentes de otras Administraciones públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33 %.

b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial y los miembros de familias monoparentales de categoría especial (Ley tasas Generalitat, de 30 de diciembre de 2017). Los miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 %. En ambos casos deberán presentar copia del título oficial de familia numerosa o título oficial de familia monoparental.

c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana. Deben presentar dicha documentación a través del trámite de la administración electrónica «Acreditación condición violencia de género», indicando en el expone el motivo de la solicitud y la referencia de la presente convocatoria. Deberán adjuntar el justificante de su presentación en «Justificante de exención de tasas por violencia de género» de la aplicación informática.

Para la acreditación de alguna de las situaciones de exención de tasas recogidas en los apartados a) a c) el personal aspirante podrá:

– Dar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de datos que acrediten tener derecho a la exención/bonificación por discapacidad y por familia numerosa o

– adjuntar la documentación en los apartados «Justificante exención de tasas por discapacidad», «Justificante exención de tasas por familia numerosa», «Justificante de exención de tasas por violencia de género» de la aplicación informática.

Si el pago realizado no se corresponde con el importe de la tasa, para subsanar deberá realizar el pago de la tasa completa y posteriormente solicitar la devolución de la cantidad abonada inicialmente.

3.3 Documentación a adjuntar en la solicitud.

Deberá anexarse en el apartado «Documentos adjuntos» de la aplicación informática:

a) Copia del certificado de acreditación nacional o habilitación, de acuerdo con lo establecido en la base 2.2.1.

b) Hoja de servicios o documento que acredite el cumplimiento del requisito establecido en la base 2.2.2. Quienes tengan la condición de funcionarios de la Universidad de Alicante estarán exentos de justificar este requisito.

c) Para la acreditación del requisito recogido en la base 2.1.2 deberá aportar copia del documento que acredite un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana para el desarrollo de sus funciones. En su defecto, la acreditación de dicho conocimiento se determinará por la comisión en el desarrollo de la prueba contemplada en la base 8.3.

d) Las personas que soliciten plaza en la que se establezca un requisito de titulación, podrán:

– Otorgar su consentimiento a la Universidad de Alicante para la consulta de los datos que acrediten su posesión, o

– aportar copia del título correspondiente, del justificante de abono de los derechos para su expedición o, en su defecto, certificación académica que acredite la finalización de los estudios que dan derecho a su obtención. Se incorporará en el apartado «Requisito titulación» de la aplicación informática.

e) Las personas que soliciten plaza en la que se establezca como requisito un perfil lingüístico, deberán aportar copia del documento que acredite el nivel de conocimiento de la lengua correspondiente.

Para las plazas en las que se establezca como requisito específico el conocimiento de valenciano, se aportará copia del certificado del nivel correspondiente de los recogidos en la Normativa por la cual se establecen los certificados de conocimiento de valenciano que expide el Servicio de Lenguas de la Universidad de Alicante y las equivalencias de otros títulos, diplomas y certificados, aprobada en Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2023, BOUA de 31 de octubre de 2023. (https://s.ua.es/es/aEPb).

4. Protección de datos personales

Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por la Universidad de Alicante, en su carácter de responsable e incorporados a la actividad de tratamiento «109 –Convocatorias de concurso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios».

De conformidad con lo que dispone la legislación vigente en materia de protección de datos, le comunicamos que la Universidad de Alicante tratará los datos aportados con la finalidad de la gestión y resolución de la convocatoria. La base de legitimación de este tratamiento se basa en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de los poderes públicos conferidos a la Universidad de Alicante.

En el marco de los tratamientos mencionados, sus datos no podrán ser cedidos, salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo estrictamente necesario para cumplir con la finalidad citada.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-14391.

Temarios y libros para Profesorado universitario

Busca siempre la edición actualizada a la convocatoria vigente: si una ley ha cambiado después de la fecha de edición, el temario puede estar desfasado.

Enlaces de afiliado: si compras a través de ellos recibimos una pequeña comisión, sin coste extra para ti. Así mantenemos la web gratis.

Otras convocatorias que te pueden interesar

🔔 Avísame de nuevas plazas como esta

Solo te escribiremos cuando haya convocatorias nuevas. Puedes darte de baja con un clic. Privacidad.