Publica la relación definitiva de personas admitidas y excluidas a la oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la…
- Organismo
- Ministerio del Interior
- Lugar
- Ámbito estatal
- Sistema
- Oposición
- Publicado
- Boletín Oficial del Estado de 16 de septiembre de 2026 · BOE-A-2026-19277
- Oposición
- Policía Nacional
Qué significa este anuncio
Este anuncio del Boletín Oficial del Estado del 16 de septiembre de 2026 publica la relación de personas admitidas y excluidas de Ministerio del Interior.
Si apareces como excluido, las listas provisionales abren un plazo para subsanar (normalmente diez días hábiles). Compruébalo en el texto oficial.
Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.
Estado del proceso selectivo
- Convocatoria BOE 10/07/2026
- Plazo de solicitudes Cerrado el 24/07/2026
- Admitidos y excluidos BOE 16/09/2026
- Examen Pendiente
- Aprobados Pendiente
Convocatoria original
2.704 plazas de Alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía de la División de Formación y Perfeccionamiento – Ministerio del Interior
Fuentes oficiales
Texto oficial del anuncio
Resolución de 11 de septiembre de 2026, de la Dirección General de la Policía, por la que se publica la relación definitiva de personas admitidas y excluidas a la oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía, convocada por Resolución de 7 de julio de 2026.
En virtud de lo dispuesto en la base 4.3. de la Resolución de la Dirección General de la Policía, de 7 de julio de 2026 (BOE núm. 167, de 10 de julio de 2026), por la que se convocó oposición para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía de la Policía Nacional, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, se dispone lo siguiente:
Primero. Lista definitiva de admitidos/as.
Aprobar y publicar, de forma personalizada e individualizada, la lista definitiva de admitidos/as a la oposición y las sedes elegidas, la cual podrá consultarse en las páginas web: https://www.policia.es/portalaspirantes y https://www.interior.gob.es.
Segundo. Excluidos/as y causas de exclusión.
Aprobar y hacer pública en anexo I a la presente resolución, y en los lugares a que se refiere el número anterior, la lista definitiva de excluidos/as constando número del documento nacional de identidad, en la forma prevista en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, con indicación de la causa o causas de exclusión, una vez estudiadas y resueltas las reclamaciones presentadas por el personal interesado contra la lista provisional, las cuales se determinan por letras, con arreglo a las siguientes equivalencias:
(A) Falta firma digital en la instancia.
(F) No haber efectuado el pago de la tasa por derechos de examen de forma telemática.
(I) No haber remitido el certificado del SEPE, acreditando inscripción como demandante de empleo, con el plazo de al menos un mes anterior al de la fecha de publicación de las bases de la presente convocatoria o no acreditar no haber rechazado oferta de empleo adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
(J) No haber remitido declaración jurada o promesa de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional o haberla remitido incorrecta.
(K) No haber remitido título de familia numerosa en vigor o remitirlo de forma incompleta.
(L) No acreditar ser víctima de terrorismo.
Tercero. Militares profesionales de tropa y marinería.
En dichas listas aparece señalado con (1) el personal aspirante a las plazas reservadas a los militares profesionales de tropa y marinería, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8.2 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
En relación con aquellos militares de tropa y marinería que no acreditaron, en el periodo de subsanación, su condición de militar de la forma requerida en las bases de la convocatoria, han sido derivados a la forma ordinaria de acceso a la escala básica de oposición libre. En la consulta personalizada aparecerá consignada la letra (M).
Cuarto. Convocatoria a pruebas.
Se convoca al personal opositor a la realización de las pruebas en la fecha, horas y lugares que se indican el portal del aspirante.
Serán anuladas las actuaciones de los opositores que se examinen en sede, hora o lugar distintos de los asignados en la lista definitiva.
Quinto. Información.
Cualquier información relativa al contenido de la presente resolución en relación a la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as las personas interesadas podrán dirigirse a los teléfonos de la División de Formación y Perfeccionamiento, 913227600 y 913227612.
Sexto. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá la persona interesada interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de la Policía en el plazo de un mes, en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de Ley 39/2015, de 1 de octubre, o contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 11 de septiembre de 2026.–El Director General de la Policía, Francisco Pardo Piqueras.
ANEXO I
Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-19277.