Plazo cerrado Universidad

Convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de…

El plazo de solicitudes terminó el 13 de agosto de 2026 Crea una alerta abajo y te avisaremos de la próxima convocatoria.
Organismo
Universidad de Alcalá
Lugar
Madrid
Sistema
Concurso-oposición
Turno
Libre y otros turnos
Plazo
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Publicado
Boletín Oficial del Estado de 16 de julio de 2026 · BOE-A-2026-15513
Oposición
Personal de universidades (PTGAS)

Resumen de la convocatoria

Universidad de Alcalá (Madrid) publicó esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado del 16 de julio de 2026. El número de plazas y su detalle figuran en las bases.

Las solicitudes se presentan en 20 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el jueves 13 de agosto de 2026 (ya ha terminado).

El sistema es de concurso-oposición: además de aprobar los exámenes, se suman puntos por méritos como la experiencia o la formación.

Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.

Estado del proceso selectivo

  1. Convocatoria BOE 16/07/2026
  2. Plazo de solicitudes Cerrado el 13/08/2026
  3. Admitidos y excluidos Pendiente
  4. Examen Pendiente
  5. Aprobados Pendiente

En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.

Cómo y cuándo presentar la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.

Fuentes oficiales

Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)

Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.

Texto oficial del anuncio

Resolución de 13 de julio de 2026, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista.

En cumplimiento de los Estatutos de la Universidad de Alcalá, aprobados por Decreto 46/2026, de 29 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM de 30 de abril), con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral de esta Universidad, de conformidad con la Resolución de 22 de junio de 2023, corrección de errores de 14 de julio (BOCM de 17 de julio), de la Gerencia de la Universidad de Alcalá, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de personal de administración y servicios para el año 2023, resultante de la tasa de reposición de efectivos prevista en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023; la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado; el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el II Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, así como lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

Esta Gerencia, en uso de las atribuciones que, en materia de personal, tiene delegadas por Resolución de 26 de marzo de 2026 del Rector de la Universidad de Alcalá (BOCM número 83, de 9 de abril de 2026), y garantizando el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, resuelve:

Convocar pruebas selectivas, para cubrir dos puestos de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Alcalá, mediante el sistema de concurso-oposición de promoción interna y libre, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera. Normas generales.

1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos puestos vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Alcalá, por promoción interna y libre, de la categoría profesional Técnico Especialista, grupo C, nivel salarial C1, de la especialidad «Audiovisuales».

2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición por los turnos de acceso de promoción interna y libre. Las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán a las del turno de acceso libre.

3. Salvo en los casos excepcionalmente previstos en la normativa vigente, todos los plazos establecidos en la presente convocatoria se entenderán referidos a días hábiles.

4. Las características de la plaza convocada figuran en el anexo I de esta convocatoria.

5. El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. En relación con las referencias normativas recogidas en dicho programa, se tendrá en cuenta la normativa vigente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.

6. Los ejercicios de la fase de oposición y sus puntuaciones se especifican en el anexo III de la convocatoria.

7. El baremo de la fase de concurso se especifica en el anexo IV de la convocatoria.

8. La presente convocatoria se publicará íntegramente en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, será objeto de publicación, a efectos informativos, en la página web de la Universidad de Alcalá (https://www.uah.es/es/empleo-publico/PAS/funcionario/) y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá (https://sede.uah.es/tablon/categoria/con/).

9. En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» se publicará un anuncio de esta convocatoria, en el que se indicará el lugar donde se encuentran publicadas las bases íntegras de la misma.

10. La fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» será la que determine los plazos a efectos de presentación de solicitudes, así como de posibles impugnaciones o recursos.

Los sucesivos actos y resoluciones que se dicten serán objeto de publicación en la página web y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá.

Segunda. Requisitos de admisión de las personas aspirantes.

Como requisitos de admisión al proceso selectivo se establecen los siguientes:

1. Nacionalidad:

Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser nacional de cualquiera de los Estados Miembros de la Unión Europea.

c) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2. Titulación:

Estar en posesión de la titulación de Bachillerato, Formación profesional específica de grado superior o equivalentes, según establezca la Administración Educativa competente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que justifique su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

Se podrá participar, en ausencia de la titulación exigida, de conformidad con el artículo 9.4 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, siempre que se cumpla con cuatro años de experiencia profesional en la misma área de actividad, que será acreditada con arreglo a la siguiente forma establecida en el artículo 52.4 del citado II Convenio Colectivo:

«A los efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores, la experiencia se acreditará mediante la siguiente documentación:

a) Copia electrónica auténtica del contrato de trabajo o certificación original de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada en el área y especialidad de que se trate.

b) En cualquier caso, deberá acompañarse, también, certificación original de cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten, expresamente, los períodos y grupo de tarifa y vida laboral.

c) En aquellos casos en que el aspirante haya mantenido una relación jurídico-laboral de carácter temporal con la Universidad, la experiencia se podrá acreditar mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada que, en todo caso, deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos.

d) A los efectos de acreditar la experiencia por cuenta propia, se aportará certificación de cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social en la que figure, expresamente, el período de cotización y certificación del alta en el impuesto de actividades económicas durante el período correspondiente.

e) La experiencia profesional se acreditará mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada que, en todo caso, deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos.»

En cualquier caso, si no se aporta la documentación señalada en el apartado b) no se otorgará puntuación por la experiencia profesional correspondiente.

La experiencia profesional acreditada sustitutoria de la titulación académica no se tendrá en cuenta en la fase de concurso.

3. Edad: Tener cumplidos los dieciséis años, y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.

4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las funciones correspondientes.

5. Habilitación: No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. Acuerdo de la Comisión Paritaria del 24 de enero de 2006: «La Comisión Paritaria interpreta que la inhabilitación a que se refiere el artículo 41.1.e) del II Convenio Colectivo de PAS Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, debe ser impuesta por sentencia judicial firme».

En el caso de ser nacional de otro Estado, deberá acreditar no hallarse inhabilitado/a en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

6. Las personas aspirantes que participen por concurso-oposición de promoción interna deberán ostentar la condición de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo incluido dentro del ámbito de aplicación territorial y personal del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, con una antigüedad mínima de un año en cualquier Universidad acogida al mismo, estar en situación de servicio activo o con el contrato suspendido en reserva de puesto de trabajo y pertenecer a un grupo profesional de un nivel salarial igual o inferior al del puesto al que se pretenda acceder.

Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Tercera. Personas aspirantes con discapacidad.

Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo podrán solicitar, expresándolo en el recuadro destinado al efecto en la solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

La necesidad de la adaptación solicitada deberá acreditarse mediante la aportación, junto con la solicitud de participación del correspondiente dictamen técnico facultativo, emitido por el órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad, a fin de que el órgano de selección pueda valorar con objetividad la procedencia o no de su concesión.

A tal efecto, el órgano de selección podrá requerir, a lo largo del proceso selectivo, la colaboración necesaria de los órganos técnicos de la Administración Pública competente en materia de discapacidad, así como de los servicios sociales o bienestar social.

Cuarta. Solicitudes, plazos y formas de presentación.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y las Instrucciones para la iniciación de oficio de procedimientos administrativos en la Universidad de Alcalá, las solicitudes tienen que presentarse por la sede electrónica de la Universidad de Alcalá, salvo en los supuestos de imposibilidad técnica debidamente justificada. A tal efecto:

a) Quienes deseen participar en el proceso deberán presentar su solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, a través de la sede electrónica de la Universidad de Alcalá, mediante el formulario específico de la convocatoria que estará disponible en la siguiente dirección: https://sede.uah.es/web/guest/convocatorias.

Para ello, deberán identificarse mediante certificado electrónico reconocido o documento nacional de identidad electrónico (DNIe), cumplimentar los datos solicitados conforme a las indicaciones establecidas y firmar la solicitud mediante un certificado cualificado de firma electrónica.

b) En caso de carecer de los medios necesarios para relacionarse electrónicamente con la Universidad de Alcalá, en los términos indicados en el apartado anterior, las personas interesadas podrán acudir de manera presencial al Registro Central del Rectorado, acudiendo con el certificado digital en un dispositivo de memoria o con cl@ve móvil. Los horarios y la disponibilidad se pueden consultar en la página Web del servicio de administración electrónica y registro: https://www.uah.es/es/conoce-la-uah/organizacion-y-gobierno/servicios-universitarios/registro/.

c) En caso de incidencias técnicas en la presentación electrónica a través de la sede, las personas interesadas podrán acudir de manera electrónica a:

– Para personas interesadas de la comunidad universitaria de la UAH: https://uah.atlassian.net/servicedesk/customer/portal/13.

– Para personas interesadas no pertenecientes a la comunidad universitaria de la UAH podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: firma.electronica@uah.es.

En relación con las dudas sobre la presentación electrónica de solicitudes, las personas interesadas podrán consultar la Guía para la presentación de solicitudes en la sede electrónica de la Universidad de Alcalá, disponible en la siguiente dirección: https://uah.atlassian.net/wiki/spaces/CAU/pages/459735057/Gu+a+para+presentaci+n+de+solicitudes+en+procesos+selectivos.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

En el caso de incidencia técnica de los medios electrónicos de la Universidad de Alcalá, en los términos del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema, la Universidad de Alcalá podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos. Tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido deberá publicarse en la página web y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica.

3. Documentación que se acompañará a la solicitud.

3.1 Titulación exigida o documentación sustitutoria de la titulación exigida en la base segunda.2.

3.2 Certificación acreditativa de cumplir con los requisitos exigidos en la base segunda.6 de esta convocatoria expedida por la Unidad encargada de la gestión de recursos humanos de la Universidad correspondiente.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-15513.

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