Plazo abierto Universidad

13 plazas de Cuerpo docente universitario de profesorado titular de universidad, UB de la misma área de conocimiento, Profesorado titular de universidad –…

Quedan 21 días para presentar la solicitud Fin de plazo estimado: lunes 19 de octubre de 2026
Organismo
Universidad de Barcelona
Lugar
Barcelona
Plazas
13
Turno
Promoción interna
Plazo
20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Publicado
Boletín Oficial del Estado de 18 de septiembre de 2026 · BOE-A-2026-19461
Oposición
Personal de universidades (PTGAS)

Resumen de la convocatoria

Universidad de Barcelona convoca 11 plazas de Cuerpo docente universitario de profesorado titular de universidad, 1 plaza de UB de la misma área de conocimiento y 1 plaza de Profesorado titular de universidad. El anuncio se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 18 de septiembre de 2026.

Las solicitudes se presentan en 20 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el lunes 19 de octubre de 2026.

Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.

Plazas convocadas

PlazasDenominaciónGrupoSistema / turno
11Cuerpo docente universitario de profesorado titular de universidad——
1UB de la misma área de conocimiento——
1Profesorado titular de universidad——

Estado del proceso selectivo

  1. Convocatoria BOE 18/09/2026
  2. Plazo de solicitudes Hasta el 19/10/2026
  3. Admitidos y excluidos Pendiente
  4. Examen Pendiente
  5. Aprobados Pendiente

En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.

Cómo y cuándo presentar la solicitud

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE.

La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.

Fuentes oficiales

Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)

Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.

Texto oficial del anuncio

Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

De conformidad con lo que disponen la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); el Estatuto de la Universidad de Barcelona, aprobado por el Decreto 246/2003, de 8 de octubre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), y el Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las universidades del sistema universitario de Cataluña.

Visto el acuerdo del Consejo de Gobierno, de 4 de marzo de 2026, de aprobación de la oferta pública de empleo de plazas de personal docente e investigador de la Universidad de Barcelona para el año 2026, ratificada por la Comisión Económica del Consejo Social de 4 de marzo de 2026, y publicada en el DOGC del día 17 de marzo de 2026.

Visto el acuerdo de convocatoria de concurso público para la provisión de plazas del cuerpo docente de profesorado titular de universidad, aprobada por el Consejo de Gobierno de fecha 14 de julio de 2026,

Este Rectorado, en virtud de las competencias que me han sido atribuidas, ha resuelto convocar a concurso de acceso once plazas del cuerpo docente universitario de profesorado titular de universidad que se relaciona en el anexo I, con sujeción a las bases de la convocatoria que se relacionan en el anexo II de la presente resolución.

El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE. De acuerdo con las bases de la convocatoria, los períodos de cierre de las oficinas declarados por instrucción de la Gerencia de la Universitat de Barcelona han sido declarados excluidos del cómputo de plazos establecidos en esta convocatoria.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, e independientemente de su inmediata ejecutividad, las personas interesadas pueden interponer de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, recurso contencioso-administrativo frente la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, según establece el artículo 46 de la mencionada ley.

Con carácter potestativo, previamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo se puede interponer recurso de reposición frente el órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, según lo que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición.

Barcelona, 10 de septiembre de 2026.–El Rector, Joan Guàrdia Olmos.

ANEXO I

Plazas de Profesorado Titular de Universidad

Centro: Facultad de Ciencias de la Tierra. Código: 00053349. Departamento: Mineralogía, Petrología y Geología Aplicada. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Prospección e investigación minera. Perfil: Hidrogeología.

Centro: Facultad de Derecho. Código: 00053350. Departamento: Derecho Administrativo, Derecho Procesal y Derecho Financiero y Tributario. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Derecho Procesal. Perfil: Derecho procesal.

Centro: Facultad de Economía y Empresa. Código: 00053351. Departamento: Sociología. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Sociología. Perfil: Sociología de la educación.

Centro: Facultad de Educación. Código: 00053352. Departamento: Didácticas Aplicadas. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Didáctica de las Ciencias Sociales. Perfil: Didáctica de la historia en la educación primaria.

Centro: Facultad de Educación. Código: 00053353. Departamento: Educación Lingüística, Científica y Matemática. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Didáctica de la Lengua y la Literatura. Perfil: Didáctica de la literatura infantil y juvenil.

Centro: Facultad de Educación. Código: 00053354. Departamento: Educación Lingüística, Científica y Matemática. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Didáctica de la Matemática. Perfil: Didáctica de la matemática en la educación primaria.

Centro: Facultad de Educación. Código: 00053355. Departamento: Educación Lingüística, Científica y Matemática Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Didáctica de la Matemática. Perfil: Didáctica de las matemáticas en la educación infantil.

Centro: Facultad de Educación. Código: 00053356. Departamento: Teoría e Historia de la Educación. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Teoría e Historia de la Educación. Perfil: Pensamiento pedagógico y social contemporáneo.

Centro: Facultad de Educación. Código: 00053357. Departamento: UFR Trabajo Social. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Trabajo Social y Servicios Sociales. Perfil: Salud, dependencia y vulnerabilidad social.

Centro: Facultad de Farmacia y Ciencias de la Alimentación. Código: 00053358. Departamento: Farmacia y Tecnología Farmacéutica, y Fisicoquímica. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Farmacia y Tecnología Farmacéutica. Perfil: Tecnología farmacéutica.

Centro: Facultad de Filología y Comunicación. Código: 00053359. Departamento: Filología Hispánica, Teoría de la Literatura y Comunicación. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Literatura Española. Perfil: Narrativa moderna y contemporánea.

Centro: Facultad de Filología y Comunicación. Código: 00053360. Departamento: Filología Hispánica, Teoría de la Literatura y Comunicación. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Teoría de la Literatura y Literatura Comparada. Perfil: Teoría de la literatura.

Centro: Facultad de Geografía e Historia. Código: 00053361. Departamento: Historia y Arqueología. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Historia Contemporánea. Perfil: Historia contemporánea y mundo actual.

Centro: Facultad de Enfermería. Código: 00053362. Departamento: Enfermería Fundamental y Clínica. Categoría: Profesorado Titular de Universidad. Área de conocimiento: Enfermería. Perfil: Enfermería clínica.

ANEXO II

Bases del concurso de acceso a plazas de Profesorado Titular de Universidad

1. Normas generales

1. Este concurso se rige por lo que disponen la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU); Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP); Estatuto de la Universidad de Barcelona, aprobado por el Decreto 246/2003, de 8 de octubre, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP) y Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, sobre la acreditación del conocimiento lingüístico del profesorado de las universidades del sistema universitario de Cataluña.

En particular, en los concursos de cuerpos docentes universitarios serán de aplicación el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. En los concursos de plazas de profesorado permanente laboral, se aplicará el Convenio colectivo para el personal docente e investigador de las Universidades públicas catalanas.

2. La relación de plazas que se convocan a concurso es la que consta en el anexo I de esta convocatoria, no pudiendo contratarse un número superior a las plazas convocadas ni para puestos diferentes.

3. Únicamente al efecto de esta convocatoria se consideran inhábiles los períodos de cierre declarados por la Gerencia, según consta en el calendario publicado en la Sede electrónica de la UB https://seu.ub.edu/calendariPublic/show. El plazo de tramitación del concurso se establece en seis meses.

4. Con la publicación en la Sede electrónica de la UB, se considera hecha la notificación a las personas interesadas de acuerdo con lo que disponen los artículos 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que se pueda hacer difusión adicional en la dirección Euraxess, o en otros tableros.

5. Del total de las plazas convocadas, se reserva la cuota legal dispuesta por el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 65.2 de la LOSU para la cobertura con personas con discapacidad legalmente reconocida con grado igual o superior al 33 %, siempre que estas personas superen el proceso selectivo y acrediten su compatibilidad con el desarrollo de las funciones. El número de plazas reservadas se fija teniendo en cuenta el total de plazas convocadas, y se asignan a las personas con la discapacidad acreditada establecida que superen los concursos, atendiendo al orden de puntuación de todas las plazas del concurso, hasta alcanzar la cuota reservada. Si no se cubre esta cuota, estas plazas se acumulan en el resto de las plazas con carácter general.

6. Los concursos se pueden tramitar parcialmente de modo telemático, por acuerdo de la comisión de selección. Para la tramitación telemática, se aplicará, en su caso, la Instrucción reguladora del funcionamiento telemático de los concursos de profesorado.

2. Requisitos de las personas aspirantes

Las personas candidatas deben cumplir, en la fecha que termina el plazo para presentar solicitudes que la convocatoria establece, los requisitos generales de acceso al empleo público que regula el EBEP; en concreto:

a) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de una Administración pública u órgano constitucional o estatutario de una comunidad autónoma, ni estar en situación de inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para ocupar o desempeñar cargos públicos, para acceder al cuerpo o escala de funcionario o para desempeñar funciones similares a las que se desempeñaban, en el caso del personal laboral, en cuyo puesto han sido separadas o inhabilitadas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar inhabilitadas o en situación equivalente, ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en los mismos términos, acceder al empleo público en ese Estado, circunstancia que debe hacerse constar mediante declaración responsable.

b) No incurrir en ninguna causa legal de incapacidad de acuerdo con la normativa vigente.

c) No padecer enfermedad ni estar afectadas por ninguna limitación física o psíquica que impida el ejercicio de las actividades propias del profesorado universitario.

d) Disponer del permiso de trabajo y residencia, en el caso de los ciudadanos extranjeros no comunitarios y las personas que no puedan ser incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales firmados por la Unión Europea y ratificados por España, antes de formalizar los correspondientes contratos.

e) Acreditar el nivel de conocimientos de lengua catalana, de acuerdo con lo que establecen el Decreto 128/2010, de 14 de septiembre, y el Plan de fortalecimiento de la lengua catalana en el sistema universitario y de investigación de Cataluña, mediante el certificado del nivel de suficiencia de lengua catalana, o equivalente, de acuerdo con la normativa vigente. La acreditación del nivel superior de lengua catalana es requisito en las plazas en las que se justifique por la naturaleza o situación de las enseñanzas.

Excepcionalmente, en las convocatorias o las plazas en qué se justifique, para potenciar y favorecer la captación de talento, pueden solicitar la exención de este requisito las personas procedentes de fuera del dominio lingüístico catalán que no puedan presentar, junto con la solicitud, la documentación que acredite los conocimientos de lengua catalana. La exención debe recibir la autorización expresa de la Rectora o Rector.

Una vez la Rectora o Rector haya autorizado la exención, las personas contratadas disponen de seis meses para acreditar la comprensión pasiva de la lengua catalana y de un período de dos años para acreditar el nivel de suficiencia. La institución deberá ofrecer las herramientas necesarias para garantizar que se alcance la capacitación lingüística dentro de los plazos de la exención.

f) Las personas extranjeras, acreditar un conocimiento adecuado de lengua castellana, conforme a la normativa vigente, sin perjuicio de lo que establece el apartado anterior. Con este fin, se les puede exigir que superen pruebas específicas, salvo que las pruebas selectivas impliquen por sí mismas demostrar este conocimiento. En el caso de las personas el contrato de las cuales sea por hacer docencia en terceras lenguas y que dispongan de la exención, pueden hacer tareas académicas vinculadas sólo a la investigación y docencia en esta tercera lengua, sin perjuicio de acreditar los conocimientos de las lenguas catalana y castellana de acuerdo con este párrafo y el apartado e de este artículo.

En cualquier caso, la Universidad ha de garantizar el nivel de capacitación lingüística adecuado para la docencia y la investigación universitarias y, en caso de falta de acreditación, puede excluir quien no lo cumpla.

g) Satisfacer los derechos de examen, de acuerdo con la ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

3. Requisitos específicos

1. Para acceder al cuerpo de profesorado titular de universidad se deben cumplir los siguientes requisitos específicos:

a) Disponer del título de Doctor o Doctora.

b) Disponer de la acreditación para el cuerpo de la plaza convocada de acuerdo con lo que establece el artículo 30 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de estos cuerpos.

También pueden presentarse a los concursos de acceso las personas que se hayan habilitado según el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.

Igualmente podrán participar en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes de Profesor Titular de Universidad los funcionarios del mismo cuerpo o superior categoría, siempre que hayan ejercido la plaza en la universidad de origen durante al menos dos años. No se pueden presentar las personas que tengan la titularidad de una plaza en la UB de la misma área de conocimiento.

2. Los títulos académicos y profesionales que no hayan expedido autoridades educativas españolas deben estar homologados o reconocidos de acuerdo con la normativa vigente en esta materia en el momento de firmar el contrato.

3. Los requisitos de acceso, tanto generales como específicos, excepto lo que exige el artículo 6.2, deben cumplirse en la fecha en que termina el plazo para presentar solicitudes y deben mantenerse hasta la fecha en que se toma posesión o se formalizan los contratos.

Asimismo, únicamente se toman en consideración los requisitos y méritos logrados y alegados en la fecha que termina el plazo para presentar solicitudes.

4. Presentación de solicitudes

1. La solicitud para participar en los concursos de acceso, dirigida a la Rectora o Rector, debe estar firmada debidamente y debe formalizarse mediante la aplicación disponible en la Sede electrónica de la UB, en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha en que la convocatoria se publique en el BOE.

2. Dentro del plazo de presentación de solicitudes, los aspirantes deberán satisfacer la tasa de 72,05 euros en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo con lo que establece la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, en cuanto a las tasas de inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones que se prevén, y hay que acreditar que se cumplen las condiciones para su disfrute.

El hecho de no pagar la tasa en el plazo de presentación de solicitudes determina la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se puede formalizar el pago en el plazo de enmiendas.

En ningún caso el pago no sustituye el trámite de presentación de la solicitud en la forma oportuno y dentro de plazo, de acuerdo con estas bases.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-19461.

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