Plazo abierto Comunidad autónoma

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2026 por la que se convocan concursos públicos para la provisión de plazas de profesorado asociado

Quedan 17 días para presentar la solicitud Fin de plazo estimado: lunes 19 de octubre de 2026
Organismo
Galicia
Lugar
Galicia
Plazo
10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
Publicado
Diario Oficial de Galicia de 2 de octubre de 2026 · DOG-AnuncioG2018-240926-0001-es
Oposición
Personal de universidades (PTGAS)

Resumen de la convocatoria

Galicia publicó esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia del 2 de octubre de 2026. El número de plazas y su detalle figuran en las bases.

Las solicitudes se presentan en 10 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el lunes 19 de octubre de 2026.

Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia y las bases de la convocatoria.

Estado del proceso selectivo

  1. Convocatoria DOG 02/10/2026
  2. Plazo de solicitudes Hasta el 19/10/2026
  3. Admitidos y excluidos Pendiente
  4. Examen Pendiente
  5. Aprobados Pendiente

Cómo y cuándo presentar la solicitud

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el DOG y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.

Fuentes oficiales

Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)

Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.

Texto oficial del anuncio

RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2026 por la que se convocan concursos públicos para la provisión de plazas de profesorado asociado.

Este rectorado, en cumplimiento de lo acordado por el Consejo de Gobierno de esta universidad en la sesión celebrada el día 17 de julio de 2026, resuelve convocar los concursos públicos para la provisión de las plazas de profesorado asociado que figuran en el anexo I.1 de esta resolución, de conformidad con las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales.

1.1. Este concurso se rige, además de por lo dispuesto en esta convocatoria, por:

– La Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (en adelante, LOSU).

– La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPACAP).

– La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (en adelante, LRJSP).

– La Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

– El Decreto 266/2002, de 6 de septiembre, sobre contratación de profesorado universitario.

– Los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela, aprobados por el Decreto 14/2014, de 30 de enero.

– El Reglamento de selección de profesorado, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la USC de 11 de octubre de 2023 (DOG de 6 de noviembre) (en adelante, Reglamento).

– El II Convenio colectivo para el persoal docente e investigador laboral de las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo, suscrito en fecha 26 de enero de 2011 (DOG de 14 de abril), prorrogado en fecha 12 de julio de 2013 (DOG de 29 de julio) y adaptado a los cambios normativos producidos con posterioridad a su aprobación por el Acuerdo de la Comisión Paritaria de 7 de febrero de 2025 (DOG de 14 de marzo) (en adelante, Convenio).

1.2. La presente convocatoria comprende los concursos independientes que figuran en el anexo I.1, cada uno de ellos con el número de plazas que se indican en dicho anexo.

1.3. Las referencias que para cada puesto de trabajo se contienen en esta convocatoria en relación con las obligaciones docentes y de investigación que deberán asumir las personas seleccionadas no supondrán en ningún caso para quienes obtengan estos puestos un derecho de vinculación exclusiva a dichas actividades, ni limitarán la competencia de la Universidad para asignarles unas tareas docentes e investigadoras diferentes. Del mismo modo, la referencia al centro en que se desarrollará la actividad docente no supondrá el derecho a no ejercer actividad docente o investigadora en otro centro dependiente de la propia universidad, aunque radique en localidad distinta, de acuerdo, en todo caso, con lo que establezca el convenio colectivo y demás normas de aplicación.

1.4. Cuando los plazos a que hace referencia esta convocatoria se expresen en días, se entenderá que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados y domingos y los declarados festivos, según lo dispuesto en el artículo 30 de la LPACAP. Se considerarán festivos, a estos efectos, los festivos locales tanto de Santiago de Compostela como de Lugo, y se ampliará en cualquier caso en ambos campus el plazo establecido por un número de días igual al de los festivos existentes.

Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

El mes de agosto será inhábil para la publicación de convocatorias, presentación de solicitudes de participación en procesos selectivos, publicación de listados y cómputo de plazos, así como para la reunión de las comisiones de selección.

1.5. El plazo máximo para la resolución del concurso será de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Requisitos de carácter general para poder ser admitidas en este concurso:

a) Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la Unión Europea o país extranjero que, en los términos previstos en el artículo 52 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, permita el acceso al empleo público.

b) Estar en posesión de la titulación y demás requisitos exigidos en la convocatoria para cada tipo de plaza.

c) Cumplir los requisitos de edad máxima y mínima legalmente establecidos para el acceso al empleo público.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

e) Acreditar el conocimiento de las dos lenguas oficiales en la Universidad de Santiago de Compostela, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

f) No haber sido despedido/a o separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se tratara de acceder a la misma categoría profesional a la que pertenecía.

En el caso de nacionales de otros Estados, no estar inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en el Estado de procedencia, el acceso al empleo público en los términos anteriores.

2.2. Requisitos de carácter específico.

a) Estar en posesión de la titulación concreta o equivalente que, en su caso, se exija para cada plaza en el anexo I.1.

b) Poseer la condición de especialista de reconocida competencia con ejercicio de actividad profesional fuera del ámbito académico universitario. Esta actividad profesional deberá estar directamente relacionada con los contenidos de la actividad docente a desarrollar.

La actividad profesional requerida para poder concursar deberá mantenerse durante el tiempo de vigencia del contrato como profesor asociado.

2.3. El cumplimiento de estos requisitos, tanto de carácter general como específico, excepto lo señalado en el apartado 2.1.e), estará referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación y deberá mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo.

3. Solicitudes.

3.1. Las personas que deseen participar en esta convocatoria deberán formalizar su solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, únicamente por medios electrónicos, a través de la aplicación de pruebas selectivas del PDI (en adelante, aplicación de concursos) a la que se puede acceder a través del siguiente enlace en la sede electrónica de la USC (https://sede.usc.es/sede/publica/catalogo/procedemento/114/ver.htm), para lo cual deberán emplear los medios de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la USC (https://sede.usc.es/sede/publica/informacion/aspectosTecnicos.htm).

De manera excepcional para este procedimiento, únicamente las personas de nacionalidades distintas de la española podrán usar medios de identificación electrónicos alternativos.

En caso de que las personas aspirantes deseen participar en más de un concurso, deberán cubrir en la aplicación de concursos una solicitud para cada uno de ellos. En este supuesto, el sistema ofrecerá la posibilidad de ejecutar un duplicado de la solicitud presentada en esta aplicación en un anterior concurso. La persona aspirante deberá comprobar en esta nueva solicitud la incorporación efectiva de los datos y méritos que se pretenden duplicar y alegar. La documentación acreditativa, en formato pdf, deberá añadirse únicamente en el supuesto de contener información distinta y/o actualizada de la aportada en la solicitud de origen.

La no presentación de la solicitud a través de los procedimientos y formularios descritos en este apartado será causa de exclusión y no podrá enmendase en el plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria.

3.2. La documentación complementaria se presentará electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digital del documento original y empleando el formato de archivo pdf. Las copias digtalizadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia presentada.

La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial de cualquier dato o información en la declaración, así como la no presentación de la documentación cuando le sea requerida, determinará la no selección y/o la no formalización del contrato de trabajo, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que procedan.

3.3. A fin de garantizar la participación en condiciones de igualdad, aquellas personas con necesidades específicas derivadas de alteraciones físicas, psíquicas o sensoriales con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % deberán justificar esta circunstancia y podrán solicitar las medidas o los recursos adicionales necesarios para desarrollar el procedimiento selectivo.

Quienes soliciten prueba adaptada deberán hacerlo constar expresamente en el momento de la inscripción y motivarlo.

3.4. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

3.5. Derechos de examen.

Las personas aspirantes deberán abonar a la USC dentro del plazo de solicitud, por cada concurso en el que soliciten participar, la cantidad de 44,17 euros en concepto de derechos de examen.

Estarán exentas del pago de la totalidad de la tasa por derechos de examen:

1) Aquellas personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

2) Las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

Gozarán de una bonificación del 50 % de la tasa por derechos de examen:

1) Las personas que sean miembros de familias numerosas de categoría general.

2) Las personas que figuraran como demandantes de empleo desde, al menos, seis meses antes de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y que no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

Todas las circunstancias que suponen una bonificación total o parcial de las tasas por derechos de examen deberán ser acreditadas documentalmente junto con la solicitud, acompañando en el apartado que corresponda de la aplicación de concursos la copia en pdf de la calificación del grado de discapacidad o del título de familia numerosa, según corresponda. Las relativas a la condición de demandante de empleo, así como al hecho de no percibir prestación o subsidio por desempleo, deberán acreditarse mediante el correspondiente pdf de los certificados expedidos por el Servicio Público de Empleo e incorporarlos en el apartado que corresponda.

La persona solicitante deberá realizar la liquidación de tasas en la aplicación de concursos y su abono a través de uno de los siguientes medios, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes:

1) Pago presencial a través del impreso de autoliquidación. Para ello, deberá seleccionar esta opción en el formulario electrónico, imprimir el documento de pago y realizar el ingreso en la entidad bancaria.

2) Pago electrónico mediante tarjeta de crédito. Para ello, deberá seleccionar esta opción en el formulario electrónico y realizar el pago a través de la pasarela bancaria a la que se dé acceso desde de la aplicación informática.

Serán excluidas todas las personas aspirantes que no abonen la totalidad de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de que la persona aspirante se hubiera acogido a una exención o bonificación y no lo justifique, será excluida del procedimiento por no haber completado el pago de la totalidad de las tasas dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a las personas aspirantes que sean excluidas por causas no imputables a las mismas. A tal efecto, el reintegro se realizará de oficio, para lo cual habrán de hacer constar la entidad bancaria y su número de cuenta en la casilla que figura en la solicitud. De no figurar estos datos, se entenderá que renuncian a la devolución de los derechos de examen.

En ningún caso la presentación y el pago de la tasa supondrán la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.6. Para cualquier aclaración o información sobre la tramitación electrónica, las personas solicitantes se podrán poner en contacto con el Centro de Atención a los/las Usuarios/as siguiendo el procedimiento indicado en la página http://www.usc.gal/gl/servizos/atic/cau/

En caso de no poder formalizar la solicitud mediante el formulario electrónico dentro de los plazos establecidos y siempre que el motivo sea por causas técnicas no imputables al/a la interesado/a que imposibiliten el funcionamiento ordinario de la sede electrónica, se estará a lo que la USC establezca en esta materia a tal fin.

Fuente: Diario Oficial de Galicia, DOG-AnuncioG2018-240926-0001-es.

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