9 plazas de Técnico/a Auxiliar de Conserjería de la Universidad de Jaén (Grupo IV) – Universidad de Jaén
- Organismo
- Universidad de Jaén
- Lugar
- Jaén
- Plazas
- 9
- Sistema
- Concurso-oposición
- Turno
- Libre y otros turnos
- Plazo
- 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
- Publicado
- Boletín Oficial del Estado de 4 de julio de 2026 · BOE-A-2026-14535
- Oposición
- Personal de universidades (PTGAS)
Resumen de la convocatoria
Universidad de Jaén convoca 9 plazas de Técnico/a Auxiliar de Conserjería de la Universidad de Jaén (Grupo IV). El anuncio se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 4 de julio de 2026.
Las solicitudes se presentan en 20 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el viernes 31 de julio de 2026 (ya ha terminado).
El sistema es de concurso-oposición: además de aprobar los exámenes, se suman puntos por méritos como la experiencia o la formación.
Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.
Estado del proceso selectivo
- Convocatoria BOE 04/07/2026
- Plazo de solicitudes Cerrado el 31/07/2026
- Admitidos y excluidos Pendiente
- Examen Pendiente
- Aprobados Pendiente
En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
3.3 Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.
Fuentes oficiales
- Anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2026-14535, 04/07/2026)
- Versión PDF con validez oficial
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía: donde se publican las bases y los trámites de las administraciones de Andalucía
- Dónde presentar la solicitud: artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registro electrónico del organismo, oficinas de Correos, oficinas de asistencia en materia de registros…)
- Buscador de empleo público del Punto de Acceso General (administracion.gob.es)
Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público · BOE
- Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario · BOE
Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.
Texto oficial del anuncio
Resolución de 29 de junio de 2026, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Conserjería.
En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 230/2003, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en adelante, BOJA, número 152, de 8 de agosto de 2003, reformados mediante Decreto 235/2011, de 12 de julio, del citado órgano de gobierno autonómico (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011); en la Resolución de 1 de agosto de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publica la oferta de empleo público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2023, corregida por Resolución de 18 de septiembre de 2023 (BOJA núm. 150, de 7 de agosto de 2023 y núm. 183, de 18 de septiembre de 2023, respectivamente); en la Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2024 de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 231, de 27 de noviembre de 2024), y en la Resolución de 5 de diciembre de 2025, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia Oferta de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025 (BOJA núm. 240, de 15 de diciembre de 2025), corregida en BOJA núm. 29, de 12 de febrero de 2026); en virtud de lo dispuesto en las Órdenes de 24 de octubre de 2023, de 19 de diciembre de 2024 y de 19 de febrero de 2026 de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, y con el fin de atender las necesidades de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios laboral,
Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y en el artículo 3.2.j), de la misma norma, así como en el artículo 45 de los Estatutos de esta Universidad, ha resuelto convocar proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de Conserjería de esta Universidad, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir nueve plazas de personal laboral de la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de Conserjería de la Universidad de Jaén (Grupo IV).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, del total de plazas convocadas se reservan dos plazas, una correspondiente a la oferta de empleo público de 2023 y otra a la de 2025, para el acceso a las personas con discapacidad intelectual, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. En el caso de no cubrirse las plazas reservadas para el cupo de discapacidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía.
1.2 Al presente proceso selectivo le serán aplicables la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; así como en lo que proceda, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el IV Convenio Colectivo de las Universidades Públicas de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; los Estatutos de la Universidad de Jaén; así como demás normativa de aplicación y lo dispuesto en las presentes bases de convocatoria.
Todas las referencias que se efectúan a las diferentes disposiciones normativas que se contienen en la presente resolución, han de entenderse hechas en la redacción vigente a la fecha de la misma.
1.3 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición.
1.4 La fase de oposición se desarrollará con los ejercicios y puntuaciones establecidos en el anexo I de esta convocatoria. El programa de materias para el ejercicio de la fase de oposición será el contenido en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La fase de concurso se desarrollará conforme a lo dispuesto en el anexo I de la presente convocatoria, con aplicación del baremo contenido en el mismo.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de las personas candidatas y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito. La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la resolución del Rectorado en que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos.
1.7 Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo será la fijada con carácter general para la Universidad de Jaén, y el horario en que esta se desarrollará será el establecido en la unidad funcional en la que se ubica cada puesto de trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la relación de puestos de trabajo.
1.8 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones públicas, y su normativa de desarrollo.
1.9 A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en las resoluciones que el Rectorado de la Universidad de Jaén dicte sobre declaración de períodos inhábiles.
1.10 Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad intelectual, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión del aspirante que no la hubiese observado.
2. Requisitos de las personas aspirantes
2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán reunir los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular:
a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los/as españoles/as y de los/las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la categoría laboral a que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, o experiencia laboral equiparable con la categoría profesional objeto de la presente convocatoria, conforme a lo establecido en el artículo 15 del IV Convenio Colectivo del personal laboral de las universidades públicas andaluzas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
f) Las personas que participen por el cupo de discapacidad, deberán acreditar tener reconocida legalmente una discapacidad intelectual igual o superior al 33 %.
2.2 Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el momento de la firma del correspondiente contrato laboral con la Universidad de Jaén.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán solicitarlo telemáticamente, cumplimentando, obligatoriamente, la solicitud a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la página Web del Servicio de Personal de la Universidad de Jaén en la siguiente URL: https://www.ujaen.es/servicios/servpod/inscripcion-procesos-selectivos.
3.2 La solicitud junto con su documentación anexa se deberá presentar en el registro de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/registro-electronico) y se enviarán al Servicio de Personal de la Universidad de Jaén.
Para ello es necesario disponer del correspondiente certificado electrónico. Si la persona interesada en el procedimiento no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el mismo solicitándolo con los requisitos exigidos por la FNMT, a través del siguiente enlace: http://administracionelectronica.ujaen.es/firma_digital.
3.3 Las solicitudes se dirigirán al Rector de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En la siguiente página web de la Universidad de Jaén se puede consultar el calendario de días inhábiles: https://sede.ujaen.es/publico/sobre-la-sede/calendario.
3.4 Las personas aspirantes que opten por participar en el presente proceso selectivo por el cupo reservado a personas con discapacidad intelectual deberán indicarlo en su solicitud de participación, utilizando el recuadro correspondiente de la misma.
Las personas aspirantes que tengan reconocido un grado de discapacidad del 33 % o superior, y necesiten adaptaciones de medios y tiempo para la realización de los correspondientes ejercicios, deberán indicarlo en su solicitud de participación. A tal fin, deberán aportar, junto a la solicitud, dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde a la persona interesada en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales.
El Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio.
3.5 A la instancia se acompañará necesariamente:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI). La persona aspirante que no posea el DNI, deberá aportar junto a su solicitud copia de su documento de identificación o pasaporte.
b) Copia de la titulación académica exigida en la convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también fotocopia de la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, en un único documento.
Asimismo, y para aquellos casos en los que se aporte experiencia laboral, la misma deberá ser acreditada documentalmente mediante informe de la vida laboral y copia de los contratos de trabajo o alta en autónomos, haciendo constar, en cualquier caso, las funciones desempeñadas en la actividad laboral.
c) Justificante de haber abonado los derechos de examen a que se refiere la base 3.6.
d) En el caso de que se opte por participar en el presente proceso selectivo por el cupo reservado a personas con discapacidad intelectual, se deberá aportar, junto a la anterior documentación, copia de la documentación emitida por el órgano competente que acredite tener oficialmente reconocida una discapacidad, y que esta sea intelectual, en grado igual o superior al 33 %, con efectos anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.6 Los derechos de examen de esta oposición serán de 18 euros, que se ingresarán por los/as solicitantes en la cuenta a nombre de la Universidad de Jaén abierta en la entidad bancaria Caja Rural de Jaén, número de cuenta ES79 3067 0109 33 1150653028, indicando en el correspondiente ingreso: Concurso-Oposición TA Conserjería o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo expresado en la presente convocatoria.
3.7 Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acompañar a su solicitud de participación los documentos acreditativos de esta situación.
3.8 La devolución de los derechos de examen procederá cuando las personas aspirantes hayan sido excluidas definitivamente del proceso selectivo. A tal efecto, será necesario solicitud expresa de la persona interesada en la que deberán figurar inexcusablemente los siguientes datos: nombre y apellidos, NIF, domicilio y cuenta bancaria en la que ha de realizarse la transferencia de devolución.
3.9 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
Las notificaciones que tengan que efectuarse personalmente a las personas interesadas se practicarán, preferentemente, a través de la dirección de correo electrónico señalada en la solicitud.
3.10 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
3.11 Aquellos/as participantes en el proceso selectivo que deseen ser incluidos/as en la bolsa de empleo para la selección de personal con carácter temporal al objeto de ofrecer cobertura a aquellas necesidades futuras de personal, con carácter de interinidad, que se produzcan en puestos de trabajo con tareas similares a las propias de la categoría profesional de Técnico Auxiliar de Conserjería objeto de la presente convocatoria, deberán hacerlo constar expresamente mediante su puesta de manifiesto en al apartado habilitado para tal finalidad en el modelo de solicitud de participación en este proceso selectivo.
El régimen de funcionamiento de la correspondiente bolsa de empleo se vertebra en torno a los distintos acuerdos adoptados por la Universidad de Jaén al respecto y demás normativa de aplicación.
A efectos de notificación y comunicación con la persona incluida en la bolsa de empleo que se trate, se considerarán los datos e información señalados por los/as opositores/as en el modelo de solicitud para la participación en este proceso selectivo.
4. Admisión de personas aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de personas admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio de la fase de oposición.
Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación detallada en la base 3 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.
4.2 Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de errores mediante la realización de las alegaciones y presentación de documentación acreditativa que a su derecho convenga.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.
Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Transcurrido el plazo de alegaciones y presentación de documentación acreditativa, el Rector de la Universidad de Jaén dictará resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, la cual se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal.
En la resolución por la que se aprueba la lista definitiva se decidirá acerca de las reclamaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en la lista provisional, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho dichas reclamaciones.
Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-14535.