Convocada Universidad

12 plazas de Funcionario de carrera en la Escala Auxiliar Técnica de la Universidad de Almería (Subgrupo C2) – Universidad de Almería

Consulta el plazo en las bases El plazo se cuenta desde una publicación distinta a este boletín o no se ha podido calcular con seguridad.
Organismo
Universidad de Almería
Lugar
Almería
Plazas
12
Grupo
Subgrupo C2 (Graduado en ESO)
Sistema
Concurso-oposición
Turno
Turno libre
Plazo
20 días naturales desde el día siguiente a la publicación
Publicado
Boletín Oficial del Estado de 7 de julio de 2026 · BOE-A-2026-14724
Oposición
Personal de universidades (PTGAS)

Resumen de la convocatoria

Universidad de Almería convoca 12 plazas de Funcionario de carrera en la Escala Auxiliar Técnica de la Universidad de Almería (Subgrupo C2). El anuncio se publicó en el Boletín Oficial del Estado del 7 de julio de 2026.

Las plazas pertenecen al Subgrupo C2: el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Las bases pueden admitir titulaciones equivalentes.

El plazo de solicitudes no se cuenta desde este anuncio, sino desde otra publicación. Consulta el texto oficial para saber cuándo empieza.

El sistema es de concurso-oposición: además de aprobar los exámenes, se suman puntos por méritos como la experiencia o la formación.

Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y las bases de la convocatoria.

Estado del proceso selectivo

  1. Convocatoria BOE 07/07/2026
  2. Plazo de solicitudes Pendiente
  3. Admitidos y excluidos Pendiente
  4. Examen Pendiente
  5. Aprobados Pendiente

En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.

Cómo y cuándo presentar la solicitud

3.1 El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOE y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.

Fuentes oficiales

Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)

Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.

Texto oficial del anuncio

Resolución de 30 de junio de 2026, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Técnica.

En ejecución de las ofertas de empleo público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Almería correspondientes a los años 2024, 2025 y 2026, publicadas, respectivamente, en el BOJA núm. 127, de 2 de julio de 2024, en el BOJA núm. 130, de 9 de julio de 2025 y su corrección de errores en el BOJA núm. 176, de 12 de septiembre de 2025 y del BOJA núm. 32, de 17 de febrero de 2026 y su corrección de errores en el BOJA núm. 57, de 24 de marzo de 2026, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en base al artículo 132 del Decreto 225/2018, de 18 de diciembre antes citado y con el fin de atender las necesidades de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios en la Universidad de Almería y contando con la preceptiva autorización de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía mediante Orden de 31 de julio de 2024, Orden de 1 de agosto de 2025 y Orden de 25 de marzo de 2026, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Almería para la convocatoria de plazas de Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios en ejecución de la Ofertas de Empleo Público de 2024, 2025 y 2026, respectivamente, resuelve convocar proceso selectivo para proveer plazas de personal funcionario en la Escala Auxiliar Técnica de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición libre, doce plazas de funcionario de carrera en la Escala Auxiliar Técnica de la Universidad de Almería (Subgrupo C2).

1.2 De acuerdo con las Resoluciones de la Universidad de Almería de 26 de junio de 2024, 3 de julio de 2025 y 4 de febrero de 2026, por la que se publican, respectivamente, las ofertas de empleo público del Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios para los años 2024, 2025 y 2026. Del total de plazas, se reservará una plaza para ser cubierta por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2024, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. En el caso de no cubrirse las plazas reservadas para el cupo de discapacidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Almería, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y calificaciones que se especifican como anexo I de esta convocatoria.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas de la fase de oposición es el que se acompaña como anexo II a esta convocatoria.

1.6 La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, que no se iniciará antes del día 1 de septiembre de 2026, se fijará en la resolución del rectorado en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.

1.7 A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en la vigente Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Universidad de Almería, sobre declaración de periodos inhábiles del año 2026 a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito de la universidad.

1.8 De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los actos integrantes de la presente convocatoria que requieran publicación se publicarán en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería o, según corresponda, en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos, atendiendo, en todo caso, a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería y rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.

2. Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

a) Tener la nacionalidad española. También podrán participar en igualdad de condiciones que los españoles:

1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

2. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Las personas aspirantes no residentes en España incluidas en el apartado 2, así como los extranjeros incluidos en el apartado 3, deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber cumplido la edad máxima de jubilación forzosa, de acuerdo con el artículo 56 del Estatuto Básico del Empleado Público.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de admisión. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o reconocimiento.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de la Escala Auxiliar Técnica de la Universidad de Almería.

3. Solicitudes

3.1 El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

3.2 La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente dirección:

https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0103

y mediante alguno de los siguientes sistemas de identificación y firma:

a) Certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o DNI electrónico.

b) Sistema Cl@ve (Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente).

En la Sede Electrónica de la Universidad de Almería (sede.ual.es) se podrá consultar la información relativa a los requisitos técnicos para realizar el procedimiento aludido.

3.3 Para completar con éxito el proceso de solicitud los interesados deberán acceder al referido procedimiento habilitado en la Sede Electrónica y realizar, dentro del plazo estipulado, los siguientes pasos:

a) Cumplimentar el formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar la solicitud.

b) Abonar los derechos de examen correspondientes que ascienden a la cantidad de 35 euros. Únicamente se permitirá el pago mediante tarjeta de crédito-TPV.

No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo, aquellas personas que no hayan presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo de presentación establecido.

Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de realizar el pago, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos.

Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido. Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios para su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4 Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.

b) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.

3.5 Para dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.8 respecto a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería, se requerirá que por parte de los aspirantes se consigne en la solicitud una cuenta de correo electrónico válida cuyo titular sea el aspirante. Dicha cuenta de correo será el medio utilizado para la realización de las preceptivas comunicaciones a los interesados relativas a la publicación de los distintos actos derivados de la presente convocatoria.

3.6 Las personas aspirantes afectadas por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 % que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo marcando la opción prevista para tal fin en la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud. De solicitar dicha adaptación, deberán aportar dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales. El Tribunal estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.

3.7 Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder a la presentada en el procedimiento telemático y anexar la documentación adicional.

3.8 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

3.9 A la solicitud se deberán adjuntar, en formato pdf, los siguientes documentos:

a) Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte. Los aspirantes extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar documento que acredite esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.

b) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos en un único archivo.

c) Las personas aspirantes afectadas por discapacidad deberán presentar certificado expedido al efecto por los órganos competentes de la administración estatal o, en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente.

d) Documento acreditativo de estar incluido en el supuesto b) o c) de exención del pago de los derechos de examen previstos en el apartado 3.4 de esta convocatoria.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un mes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentre expuesta a los interesados la lista de admitidos/as y excluidos/as, indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En la citada resolución se hará pública igualmente la composición del Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas y se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo, salvo en el caso de exclusiones de solicitudes del cupo de discapacidad motivadas por la no acreditación del grado de discapacidad, en cuyo caso dichas solicitudes pasarían como admitidas al cupo general.

No serán subsanables, en ningún caso, ni la falta de abono de los derechos de examen ni la falta de presentación de la solicitud en los términos previstos en la base 3 de esta resolución. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente.

4.3 Procederá la devolución de los precios públicos exigidos cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen. La devolución se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas será nombrado en la forma prevista en el apartado 4.1.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad, resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2026-14724.

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