Convoca proceso selectivo para la contratación temporal de personal técnico de apoyo con cargo al proyecto Erasmus+ 101331296 ? Epicur-Shape-It-Plus…
- Organismo
- Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla
- Lugar
- Sevilla
- Plazo
- 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
- Publicado
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 28 de septiembre de 2026 · BOJA-2026-188-34
- Oposición
- Personal de universidades (PTGAS)
Resumen de la convocatoria
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla publicó esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 28 de septiembre de 2026. El número de plazas y su detalle figuran en las bases.
Las solicitudes se presentan en 15 días hábiles contados desde el día siguiente a esa publicación, por lo que el plazo termina previsiblemente el martes 20 de octubre de 2026.
Resumen elaborado a partir del texto oficial. Lo que manda es siempre el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las bases de la convocatoria.
Estado del proceso selectivo
- Convocatoria BOJA 28/09/2026
- Plazo de solicitudes Hasta el 20/10/2026
- Admitidos y excluidos Pendiente
- Examen Pendiente
- Aprobados Pendiente
En las plazas de ayuntamientos y universidades, las listas de admitidos, fechas de examen y notas suelen publicarse en el boletín provincial o autonómico, en la sede electrónica o en el tablón del organismo.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La fecha de fin se calcula contando desde el día siguiente a la publicación en el BOJA y descontando sábados, domingos y festivos nacionales. Si hay un festivo autonómico o local en ese periodo, el plazo puede terminar un día más tarde.
Fuentes oficiales
- Anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA-2026-188-34, 28/09/2026)
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía: donde se publican las bases y los trámites de las administraciones de Andalucía
- Dónde presentar la solicitud: artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (registro electrónico del organismo, oficinas de Correos, oficinas de asistencia en materia de registros…)
- Buscador de empleo público del Punto de Acceso General (administracion.gob.es)
Normativa aplicable (texto consolidado en el BOE)
- Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público · BOE
- Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario · BOE
Enlaces a la versión consolidada y vigente que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Las bases de cada convocatoria concretan cómo se aplica.
Texto oficial del anuncio
Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación temporal de personal técnico de apoyo con cargo al proyecto Erasmus+ 101331296 ? Epicur-Shape-It-Plus (Erasmus-Edu-2026-Eur-Univ).
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación temporal de personal técnico de apoyo con cargo al proyecto Erasmus+ 101331296 – Epicur-Shape-It-Plus (Erasmus-Edu-2026-Eur-Univ).
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(Ref 09/26).
El artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su redacción dada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, establece el «contrato de actividades científico-técnicas», cuyo objeto será la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, incluyendo la gestión científico-técnica de estas líneas que se definen como un conjunto de conocimientos, inquietudes, productos y proyectos, construidos de manera sistemática en torno a un eje temático en el que confluyan actividades realizadas por uno o más grupos de investigación y requerirá su desarrollo siguiendo las pautas metodológicas adecuadas en forma de proyectos de I+D+i.
La Universidad Pablo de Olavide se encuentra actualmente en proceso de obtención de la ayuda de la EACEA (European Education and Culture Excutive Agency-Comisión Europea), del programa Erasmus+, denominada «Erasmus-Edu-2026-Eur-Univ» para el desarrollo del Proyecto 101331296-Epicur-Shaping Higher Education in Transition Plus, estando pendiente de su adjudicación definitiva.
Según los datos que obran en el expediente, el plazo de ejecución del proyecto se iniciará, tras la adjudicación definitiva, a comienzos de mes de noviembre. Así, para que sea posible incorporar al personal contratado para el desarrollo del proyecto al inicio del periodo de ejecución, y conseguir así alcanzar sus objetivos, se hace necesario adelantar la selección del personal.
Esta se articula a través de la presente convocatoria, cuyos efectos, tal y como se detalla en su base 1.4, quedan condicionados a la adjudicación definitiva de la ayuda, al comienzo efectivo del inicio del periodo de ejecución del proyecto, y a la correspondiente obtención de disponibilidad financiera.
En virtud de lo anterior, este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y por los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 298/2003, de 21 de octubre y modificados por el Decreto 265/2011 de 2 de agosto (BOJA núm. 158, de 12 de agosto de 2011), resuelve convocar un proceso selectivo para cubrir los contratos de personal técnico que se especifican en el Anexo I de esta resolución, mediante la formalización del correspondiente contrato laboral, con cargo al Proyecto Europeo 101331296-EPICUR-Shaping Higher Education in Transition Plus, de acuerdo con las siguientes
bases de convocatoria
1. Normas Generales.
1.1. Se convoca proceso para la selección de dos contratos de personal técnico y su contratación temporal mediante las modalidades previstas en la legislación laboral, con los perfiles que se especifican en el Anexo I de esta resolución, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2. Ambos contratos estarán adscritos, exclusivamente, a la ejecución del proyecto europeo 101331296-Epicur-Shape-It-Plus (European Partnership for an Innovative Campus) en ejecución de la Línea de Institucional «Desarrollo e implementación de las actuaciones destinadas al despliegue de la Alianza Europea EPICUR».
1.3. El presente proceso selectivo se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, el Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, los Estatutos de la UPO, de Sevilla, y las bases de esta convocatoria.
1.4. La formalización de los contratos quedará condicionada a la resolución definitiva de concesión de la ayuda de referencia, al efectivo inicio del período de ejecución del proyecto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones derivadas de la contratación.
Si transcurriese un plazo superior a tres meses desde la finalización del presente proceso selectivo sin que se hubiera efectuado la adjudicación definitiva de la ayuda, las adjudicaciones de contrato realizadas quedarán automáticamente sin efecto, sin que las personas adjudicatarias puedan invocar derecho alguno a su incorporación.
1.5. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso, con arreglo al baremo que se especifica en el Anexo II.
1.6. El procedimiento de selección será público y se desarrollará de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
1.7. El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE núm. 4, de 4 de enero de 1985).
1.8. La duración de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria será la establecida en el Anexo I. En ningún caso la duración del contrato podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe.
1.9. La contratación no implicará para la UPO ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de la persona interesada a su plantilla.
1.10. Todos los actos integrantes de la presente convocatoria que requieran publicación se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la UPO, Sección «Investigación», Subsección «Convocatorias Personal Colaborador» (https://www.upo.es/teo#teo-subsection-2-7), sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a las personas interesadas y surtiendo sus mismos efectos.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitido al proceso selectivo, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras en los términos en que esta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) También podrán participar el/la cónyuge, los/las descendientes del o de la cónyuge, de los/las españoles/las y también de los/las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no se estén separados/as de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de personas refugiadas.
d) Las personas que no se encuentren en situaciones descritas en los apartados a), b) y c), podrán participar en los procesos selectivos, siempre y cuando reúnan y acrediten los requisitos mínimos establecidos en la convocatoria. No obstante, su incorporación efectiva, en el supuesto de ser seleccionadas, sólo se podrá realizar cuando obtengan la correspondiente autorización administrativa que les permita residir y trabajar en España.
e) Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
g) No haber sido objeto de separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
h) Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes del término del plazo de presentación de solicitudes, la titulación académica que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.
i) Acreditar el nivel de inglés que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes, manteniéndose hasta la fecha de inicio del contrato.
3. Solicitudes y plazos de presentación.
3.1. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la UPO, y se presentarán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la UPO, de Sevilla (BOJA de 13 de mayo de 2022), a través de la Sede Electrónica de esta Universidad, o en los registros electrónicos referidos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.3. Las personas interesadas deberán acompañar a la solicitud, en todo caso, la siguiente documentación, debidamente ordenada y numerada, haciendo constar la correspondiente numeración en el cuadro resumen incluido en el modelo de instancia:
a) El modelo de instancia establecido en el Anexo IV de esta resolución, debidamente cumplimentado y firmado. En el mismo, las personas candidatas, para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en el proceso selectivo correspondiente, deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación.
b) Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte.
c) Documento que acredite la titulación exigida para participar en el proceso selectivo, y que se especifica en el Anexo I de esta convocatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar asimismo la credencial que acredite su homologación o reconocimiento.
No será necesaria la homologación de los títulos obtenidos en los Estados miembros de la Unión Europea, o en los Estados signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (en la actualidad, Noruega, Islandia y Liechtenstein), además de Suiza, Reino Unido y con aquellos países con los que se tengan suscritos convenios bilaterales de homologación y convalidación de títulos específicos.
Los títulos universitarios y demás documentos expedidos en el extranjero que se aporten para acreditar el cumplimiento de los requisitos de acceso o la valoración de méritos deberán presentarse, cuando estén redactados en una lengua distinta del castellano, acompañados de traducción jurada oficial al castellano. La traducción deberá haber sido realizada por traductor o intérprete jurado autorizado, sin perjuicio de cualquier otro sistema de traducción oficial reconocido por el ordenamiento jurídico español. En caso contrario, la Universidad podrá requerir su subsanación o, en su defecto, no valorar la documentación presentada.
La denominación del título extranjero deberá coincidir con el exigido en cada convocatoria. En el caso de que esta coincidencia no sea exacta, corresponderá a la Comisión valorar si puede considerarse asimilado a un título español.
d) Acreditación, mediante certificación de Escuela Oficial de Idiomas o centros oficiales reconocidos, del nivel de idioma establecido en el Anexo I, conforme a la escala del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).
f) Currículum vitae: Una relación de los méritos que se aportan para cada uno de los apartados del baremo establecido en el Anexo II, numerados y ordenados.
g) Acreditación documental de los méritos consignados en el currículum vitae, los cuales deberán estar asimismo numerados y ordenados al objeto de facilitar su comprobación e identificación por la Comisión de Valoración.
No se valorarán aquellos méritos indicados en el currículum que carezcan de justificación documental o no conste la veracidad de esta, o aquellos que no estén debidamente numerados y ordenados.
A efectos de acreditar la experiencia laboral detallada en el currículum deberá presentarse, en todo caso, informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o su equivalente en el país que corresponda. Además, es requisito que se entregue copia del contrato de trabajo u otra documentación en la que se indiquen las tareas realizadas.
3.4. No se admitirá la aportación de documentación una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, salvo aquella que se presente durante el trámite de subsanación en el plazo conferido al efecto y que tenga por objeto subsanar o completar la acreditación de méritos previamente alegados en la solicitud. En ningún caso podrá utilizarse dicho trámite para alegar nuevos méritos no invocados dentro del plazo de presentación de solicitudes.
3.5. Para el cómputo de los méritos se tomará como fecha de referencia la del día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3.6. La Comisión de Valoración podrá solicitar a las personas interesadas aclaraciones sobre la documentación aportada para resolver las dudas que pudieran surgir en la valoración de los méritos.
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la UPO la resolución por la que se aprobarán las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, con indicación expresa de las causas de exclusión.
4.2. Las personas excluidas o que no aparezcan en la citada relación, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución provisional, para subsanar las causas que han dado motivo a la exclusión. Dichas subsanaciones se realizarán a través de la sede electrónica de la Universidad, a través del mismo expediente de presentación de la solicitud inicial.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
Fuente: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA-2026-188-34.